Donación de acciones a menores de edad se suma a esquemas potencialmente elusivos del SII - 13 de Diciembre de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 829604593

Donación de acciones a menores de edad se suma a esquemas potencialmente elusivos del SII

La cuarta versión del Catálogo de Esquemas Tributarios dará a conocer desde este viernes al mercado el Servicio de Impuestos Internos (SII).El catálogo es una iniciativa que está directamente vinculada a la implementación en Chile de una normativa de la OCDE sobre estrategias de planificación fiscal (BEPS).En la actualización de este año figuran 17 nuevos casos, completando un total de 60. Esto tiene el fin de precisar si estas situaciones constituirían planificaciones tributarias agresivas en algunos casos, y en otros, posibles figuras de elusión.Desde el SII precisan que en esta nueva versión del catálogo incluyen 13 nuevos casos con alcance nacional y cuatro, internacional. En su mayoría se trata de esquemas que abordan principalmente impuestos de empresas, agregando tres casos asociados al impuesto al valor agregado (IVA), y tres al impuesto a las herencias y donaciones.De este esto último, destaca el caso de las donaciones de participaciones sociales (acciones o derechos sociales) de sociedades productivas a menores de edad.¿Cómo esto podría llevar a la elusión tributaria? El organismo explica que el solo hecho de que el o los hijos o familiares menores participen en la sociedad no es un problema. Sin embargo, si la finalidad es disminuir la carga impositiva, se estaría ante una situación fiscalizable.Explican que este caso tiene algunos elementos relevantes a considerar. "En primer lugar, muestra que el contribuyente podría intentar disminuir su carga tributaria del impuesto global complementario con el uso de este esquema, diluyendo sus rentas con hijos o familiares menores de edad", explican desde el organismo fiscalizador. En esta situación, explican, se establecería una figura que evita que el padre incluya todas las rentas en su global complementario, y con eso disminuye su tasa de impuesto; por ejemplo, del 35% al 13,5%.Para la abogada tributarista y socia de Recabarren y Asociados, Soledad Recabarren, este tipo de casos normalmente no se tiende a hacer en sociedades productivas. "Es muy extraño que un padre done a sus hijos menores participaciones en una sociedad productiva y que se prohíba usufructuar de eso o renunciar a la patria potestad", comenta.Sostiene que en su experiencia, un abuelo le podría donar acciones a un nieto y prohibir que el padre tenga el usufructo de estos bienes. "Lo artificial aquí es que el padre done a los hijos y...

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