Resolución núm. 2004 EXENTA, publicado el 03 de Septiembre de 2013. DELEGA EN DOÑA LORENA RODRÍGUEZ ESPINACE FACULTAD DE FIRMAR ACTOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468837970

Resolución núm. 2004 EXENTA, publicado el 03 de Septiembre de 2013. DELEGA EN DOÑA LORENA RODRÍGUEZ ESPINACE FACULTAD DE FIRMAR ACTOS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DELEGA EN DOÑA LORENA RODRÍGUEZ ESPINACE FACULTAD DE FIRMAR ACTOS QUE INDICA 

Núm. 2.004 exenta.- Santiago, 27 de agosto de 2013.- Visto: Las facultades que me confieren los artículos 5º y 41º del decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.118; en el decreto Nº 197, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la ley Nº 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; en la resolución administrativa exenta Nº 2.660, de 2012, de esta cartera de Estado, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

 

Considerando: Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Glosa 03 de la Partida 07, Capítulo 01, Programa 01, del Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para el año 2013, el personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones, no pudiendo dicho personal exceder de 18 funcionarios.

 

Resuelvo:

Artículo primero

Delégase en doña Lorena Rodríguez Espinace, abogada, funcionaria a contrata asimilado a grado 4º EUS del Estamento Profesional de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, la facultad de firmar bajo la fórmula "Por orden del Subsecretario" los actos que a continuación se indican:

  1. Elaborar informes, certificados y medidas de fiscalización administrativa recaídos en materias propias del Registro Nacional de Martilleros;

  2. Elaborar resoluciones fundadas que acepten o rechacen la solicitud formulada por el interesado para inscribirse en el Registro Nacional de Martilleros, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.118;

  3. Elaborar resoluciones que acepten o rechacen la solicitud formulada por martilleros personas jurídicas de que se inscriba a personas naturales en el Registro Nacional de Martilleros en la calidad de martilleros dependientes;

  4. Denunciar al Ministerio Público o a los Juzgados de Policía Local, según corresponda, las infracciones a la ley Nº 18.118, de que tome conocimiento;

  5. Enviar a las Cortes de Apelaciones, en el mes de diciembre de cada año, las nóminas de martilleros...

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