Dispone la transferencia del inmueble de propiedad del condenado por delitos de violencia intrafamiliar, en favor de la víctima, en las condiciones que indica
Fecha | 13 Mayo 2020 |
Número de Iniciativa | 13518-07 |
Fecha de registro | 13 Mayo 2020 |
Autor de la iniciativa | Jiles Moreno, Pamela, Luck Urban, Karin, Mellado Suazo, Miguel, Muñoz González, Francesca, Olivera De La Fuente, Erika, Ossandón Irarrázabal, Ximena |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Dispone la transferencia del inmueble de propiedad del condenado por delitos de violencia intrafamiliar, en favor de la víctima, en las condiciones que indica
Boletín N° 13518-07
I. Antecedentes
La igual dignidad entre el hombre y la mujer es un principio fundamental de toda civilización. La igualdad, en su concepción jurídica fundamental, significa tratar del mismo modo a los idénticos. El hombre y la mujer son iguales, idénticos, en lo fundamental, en lo que es más absoluto y primero, en lo que se refiere a su dignidad, pues ambos son personas. Ser persona significa ser sujeto de derecho, ser un alguien y no algo. De esto se sigue, en primer lugar, que debemos reconocer su inconmensurable valor, y que todo atentado contra su vida e integridad física, toda agresión o degradación, es en sí misma reprochable, pues la persona es un bien en sí mismo. Bajo el principio de igual dignidad entre el hombre y la mujer, subyace la comprensión y convicción del valor absoluto de la vida humana, cualquier sea su sexo (u otra condición, como la edad, raza, etcétera).
Una sociedad justa, por tanto, y a la vista de lo anterior, no puede sino estructurarse sobre este principio. En efecto: lo justo es darle a cada uno lo que le corresponde, lo que le es debido. Y, como es evidente, lo justo, lo debido, es tratar al hombre y la mujer de modo igual en cuanto al reconocimiento de sus derechos. En este punto no puede formularse matices ni puntos excepciones: la dignidad no admite puntos medios. El problema, tal vez, es que en nuestra sociedad poco a poco la comprensión del valor de la persona y su dignidad se han deteriorado. Urge, por tanto, como una tarea política de primer orden, volver a hablar de dignidad, de derechos humanos, de humanidad, de inconmensurabilidad.
Lo que está detrás del problema de la violencia contra la mujer es precisamente esto: una falta de comprensión de la radical dignidad de la mujer, en cuanto a que es persona. Influyen, como es lógico, múltiples factores, como los contextos de vulnerabilidad, el encierro, el consumo excesivo de alcohol, etcétera. Pero, en definitiva, lo que culturalmente debemos promover, es que el respeto que le debemos a la mujer es porque es persona, y eso hace que no podamos tocarle ningún pelo sin dañar su dignidad.
Con todo, es cierto que de un tiempo a esta parte la violencia contra la mujer se ha convertido, de modo casi indiscutible, en uno de los fenómenos que más aberración causa en nuestra...
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