Dispone la postergación del cobro de cuotas de créditos hipotecarios y de consumo, en favor de las personas y empresas que señala, y en las condiciones que especifica - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914498119

Dispone la postergación del cobro de cuotas de créditos hipotecarios y de consumo, en favor de las personas y empresas que señala, y en las condiciones que especifica

Fecha31 Marzo 2020
Número de Iniciativa13391-03
Fecha de registro31 Marzo 2020
MateriaCORONAVIRUS, CORONAVIRUS COVID-19, COVID-19
Autor de la iniciativaBarrera Moreno, Boris, Gutiérrez Gálvez, Hugo, Labra Sepúlveda, Amaro, Núñez Arancibia, Daniel, Santibáñez Novoa, Marisela, Vallejo Dowling, Camila
EtapaSegundo trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Economía
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción

Dispone la postergación del cobro de cuotas de créditos hipotecarios y de consumo, en favor de las personas y empresas que señala, y en las condiciones que especifica

Boletín N° 13391-03



ANTECEDENTES:

1.- La pandemia del COVID-19 ha afectado gravemente la salud de parte importante de la población mundial y nacional de manera directa o indirecta. Según da cuenta la prensa internacional, España registra 85.195 casos de coronavirus y deja ya 7.340 muertes, 812 en el último día. En Italia se reportan cifras que superan las 10.000 personas muertas y las cifras van en aumento. Una situación parecida se aprecia en Estados Unidos y en Latinoamérica, en donde, si bien las cifras son mucho menores, la progresión estimada se acerca a las que muestran algunos países europeos.

2.- En este escenario, vemos que muchos estados han optado por políticas tendientes a la detención del contagio a través del aislamiento social y en este aspecto, Chile no escapa a esta realidad.

3.- En nuestro país se ha recomendado la cuarentena voluntaria en todo el territorio y se ha establecido la obligatoriedad de esta medida en diferentes sectores o comunas tales como Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, Providencia, Santiago, Ñuñoa e Independencia. Además se extendió esta medida a otras comunas fuera de la región metropolitana, cuál es el caso de Chillan, Osorno. En estos casos, los residentes de estas comunas deberán permanecer obligatoriamente en sus domicilios. Además, se fijaron aduanas sanitarias en los principales puntos de acceso a las ciudades mencionadas.

4.- Los efectos económicos de la pandemia son también devastadores. En este sentido, la directora del Fondo Monetario Internacional, Kristalina Georgieval, señaló que “La pandemia del coronavirus ha llevado a la economía mundial a una recesión, y serán necesarios fondos masivos para ayudar a las naciones en desarrollo.” Además, la OCDE advirtió que muchas economías caerán en recesión afectadas por la crisis del coronavirus y JP Morgan proyectó que será la segunda mayor recesión desde la Segunda Guerra Mundial y los daños podrían ser duraderos.1

5.- De esta forma, es predecible proyectar un gran impacto negativo en la economía nacional y mundial. La proyección de crecimiento mundial ha bajado hasta el 1,25%, inferior al 1,9 que se esperaba y en Chile se espera una caída interna del PIB desde el 1% proyectado al 0,5%. Los efectos de la pandemia se harán sentir muy fuertemente en todos los sectores y afectarán especialmente a los más pobres, quienes muchas veces, no pueden cumplir con el mandato de la autoridad para adoptar las medidas que hacen disminuir situaciones de riesgo de contagio.

6.- Según se señala en un artículo publicado en el diario La Tercera: “La economía chilena está a cerca del 70% de su capacidad y comercio es el más afectado. El sector que agrupa al comercio detallista y al turismo, que pesa más de 10% del PIB, está operando al 40%-50% de su capacidad. La construcción, a su vez, ha tenido una disminución de 25% de su normalidad. En el agro lo está haciendo entre el 70% y 80%. Servicios personales, financieros y empresariales se han visto disminuidos y representan el 25% del PIB”.2

7.- Por otro lado se debe tener en consideración el dictamen emitido con fecha de hoy 26 de marzo, por la Dirección del Trabajo en donde se establece que ante medidas restrictivas "como son la cuarentena, el cordón sanitario o el toque de queda, al ser actos de autoridad que responden a una situación de emergencia sanitaria (...) se exonera a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo", es decir, a "saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador y asistir a prestar los servicios pactados por parte del trabajador.” Así, esta resolución pone a las personas más desprotegidas en la el dilema de tener que elegir entre la seguridad de la vida y la salud o el recibir los medios suficientes para la subsistencia.

8.- Entendiendo que éstas y otras circunstancias acarreará un efecto negativo en la economía mundial y nacional, se hace necesario aplacar los efectos económicos que la presente crisis producirá en las familias chilenas. Es necesaria una distribución justa de los efectos económicos de la crisis para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR