Dispone la obligación de dar cuenta anual de la actividad parlamentaria.
Fecha | 07 Marzo 1996 |
Número de Iniciativa | 1812-07 |
Fecha de registro | 07 Marzo 1996 |
Etapa | Tramitación terminada Rechazado |
Materia | ACTIVIDAD PARLAMENTARIA, PARLAMENTARIOS |
Autor de la iniciativa | Errázuriz Talavera, Francisco, Horvath Kiss, Antonio, Larraín Fernández, Hernán, Ominami Pascual, Carlos, Zaldívar Larraín, Andrés |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Senado,Moción |
Boletín Nº 1812-07.
Moción de los HH. Senadores señores Horvath, Errázuriz, Larraín, Ominami y Zaldívar (don Andrés), con la que inician un proyecto de ley que dispone la obligación de dar cuenta anual de la actividad parlamentaria.
CONSIDERANDO :
1º.- La convenciencia de asegurar la confección, acceso y entrega de información objetiva del quehacer parlamentario por parte de la ciudadanía, autoridades y medios de comunicación,
2º.- La necesidad de evitar o contrarrestar la posible manipulación de información y el abuso mediante técnicas de venta o de promoción,
3º.– El carácter público de las actividades parlamentarias y de los fondos que se le asignan para su ejercicio
4º.- El respeto, dignidad, jerarquía y responsabilidad que le corresponde al Congreso Nacional como uno de los poderes que constituyen al Estado,
5º.- El articulo 19º Nº 4 de la Constitución Política que otorga el derecho a presentar peticiones a la autoridad sobre asuntos de interés público,
6º.- La Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, que en su Artículo 3º le asegura el apoyo necesario para contar con Biblioteca, Centros de Informática y Computación, y que en su Artículo 4º le da la facultad privativa para dictar normas reglamentarias para su organización y funcionamiento interno, y el que regularmente se elaboran bases de datos acerca del quehacer parlamentario, y,
7º.– La conveniencia de que existan factores e indicadores objetivos que puedan servir de referencia para la mejor evaluación de la actividad parlamentaria y del Congreso,
Es que venimos en presentar la siguiente:
MOCION
DISPONE CUENTA PUBLICA ANUAL DE ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS Y DEL CONGRESO NACIONAL
Art. 1º.- Se deberá efectuar una Cuenta Anual de Parlamentarios en el ejercicio de sus cargos.
Art. 2º.- Esta se efectuará el Primer Trimestre de cada año al menos en la capital regional, o ciudad de cabecera de distrito o circunscripción parlamentaria según sea el caso.
Art. 3º.– El Congreso Nacional a través de las respectivas oficinas de información confeccionará una Hoja de Vida Parlamentaria, en que quedarán consignadas las siguientes actividades:
a) Comisiones a las que pertenece, cargo y asistencia
b) Asistencia a Sala
c) Intervenciones
d) Mociones y trámite legislativo en que se encuentran
e) Proyectos de Acuerdo
f) Oficios
g) Indicaciones
h) Cargos desempeñados en el año
i) Viajes de trabajo, nacionales e internacionales
j) Fiscalizaciones, en su caso
Art. 4º La información a que se refiere el Art. 3º y 7º tendrá carácter público y se enviará a Bibliotecas Públicas, a los Municipios, o según su requerimiento.
Art. 5º Cada Parlamentario, a su costa, efectuará una Cuenta Pública con reunión de prensa en su distrito o circunscripción, y la difundirá en un programa de 30 minutos en un medio de cobertura de su...
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