Decreto 416 - APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A 'VALPARAÍSO SEAMEN'S INSTITUTE' - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 385323940

Decreto 416 - APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A 'VALPARAÍSO SEAMEN'S INSTITUTE'

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 9 de Julio de 2012

APRUEBA ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA A "VALPARAÍSO SEAMEN'S INSTITUTE"

Santiago, 18 de junio de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 416.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en la cuarta disposición transitoria de la ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en el decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en resolución de la Contraloría General de la República Nº 1.600, de 2008, y por el Consejo de Defensa del Estado.

Considerando:

  1. - Que la entidad denominada "Valparaíso Seamen's Institute", con domicilio en la provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, que cuenta con personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 2.007, de fecha 25 de julio de 1925, mediante presentación de fecha 20 de junio de 2005, solicitó la aprobación del acuerdo de disolución de la institución antes mencionada, y la cancelación de su personalidad jurídica.

  2. - Que la entidad adoptó el acuerdo de disolución en asamblea extraordinaria de socios, efectuada el día 6 de junio de 2005, cuya acta se encuentra contenida en escritura pública de fecha 10 de junio de 2005, otorgada ante el Notario Público de Valparaíso, don Rafael Guillermo Tejeda Naranjo.

  3. - Que se requirió informe al Consejo de Defensa del Estado, habiéndose recibido, en consecuencia, los informes Nº 448, de 19 de abril de 2006, Nº 908, de 10 de agosto de 2006, Nº 9, de 4 de enero de 2008, y Nº 269, de 18 de marzo de 2010.

  4. Que, habiéndose dispuesto en el artículo 28 de los estatutos de la entidad el destino de los bienes existentes al momento de su disolución en los siguientes términos: "Acordada la disolución de la Corporación, sus bienes pasarán a la Sociedad Británica de Valparaíso, denominada "British Society of Valparaíso o...

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