DISEÑO GRÁFICO BOOST COLOUR LIMITADA - 20 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 926490968

DISEÑO GRÁFICO BOOST COLOUR LIMITADA

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Número de registroCVE-2287323
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.506
CVE 2287323 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.506 | Lunes 20 de Marzo de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2287323
EXTRACTO
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo
O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica
que, según consta en el Estatuto Actualizado, Consuelo Ignacia Núñez Prado, RUN:
19.604.968-1, con domicilio en: Camino Otoñal N° 1830, LAS CONDES, región
METROPOLITANA DE SANTIAGO, Ana María Prado Ormazábal, RUN: 11.625.162-0, con
domicilio en: CAMINO OTOÑAL N° 1830, LAS CONDES, región METROPOLITANA DE
SANTIAGO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e
inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 23 de diciembre del
2016, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto
actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: DISEÑO GRÁFICO
BOOST COLOUR LIMITADA . NOMBRE DE FANTASÍA: BOOST COLOUR LTDA.
OBJETO: Diseño gráfico, publicidad, asesorías, remodelaciones y ambientaciones. La prestación
de servicios de asesoría en imagen personal o corporativa y servicios publicitarios de toda índole;
la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales
o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en
sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase
de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus
frutos; la participación como inversionista de toda clase de negocios, sociedades o empresas o la
constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; el
arrendamiento, usufructo o cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal de inmuebles
amoblados o de inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de
actividades comerciales o industriales y de todo tipo de establecimientos de comercio; en
general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o
convenientes para tales objetivos. DOMICILIO: Comuna de Providencia, región metropolitana
de santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el
resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la
fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de
algún socio, En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con él o los
socios sobrevivientes y con los sucesores del socio fallecido. Estos últimos deberán designar un
mandatario común para actuar ante la sociedad. La renovación automática quedará sin efecto
mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al
vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital
de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que ha sido completamente enterado; que
los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A)
CONSUELO IGNACIA NÚÑEZ PRADO se obliga a enterar el equivalente al 50 por ciento del
capital social, mediante el aporte de $500.000 pesos que entera y paga a la caja social en efectivo
en este acto; B) ANA MARÍA PRADO ORMAZÁBAL se obliga a enterar el equivalente al 50
por ciento del capital social, mediante el aporte de $500.000 pesos que entera y paga a la caja
social en efectivo en este acto; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: ANA
MARÍA PRADO ORMAZÁBAL, como un solo socio. Responsabilidad de los socios queda
limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado
extractado.

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