Causa nº 17211/2013 (Apelación). Resolución nº 60171 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 2 de Abril de 2014
Fecha de Resolución | 2 de Abril de 2014 |
Movimiento | CONFIRMA SENTENCIA APELADA |
Rol de Ingreso | 17211/2013 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 139749-2013 C.A. de Santiago |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | -0-0 |
Emisor | Sala Tercera (Constitucional) |
Santiago, dos de abril de dos mil catorce.
Vistos y teniendo además presente:
Que el objeto del recurso de apelación intentado por el actor en contra de la sentencia que acogió parcialmente su acción y dispuso que su impugnación fuere conocida por el tribunal competente, es que esta Corte, revisando nuevamente los antecedentes aportados a los autos, arribe a la conclusión que el Comité de Ética no debió expulsarlo del programa de M. que cursaba en la institución recurrida por no haberse acreditado la existencia del plagio que se le imputa y por ser desproporcionada la medida disciplinaria.
Que en tal sentido es pertinente la cita del artículo 27 del Reglamento de Disciplina y Órganos Jurisdiccionales -aprobado con fecha 01 de marzo de 2010, conforme se desprende del documento de fojas 61-, precepto que dispone: “Se dará inicio al procedimiento por denuncia del afectado o de oficio por quien corresponda, debiendo efectuarse todas las diligencias… que se estime necesario para adquirir la convicción sobre la existencia de la infracción y las responsabilidades que correspondan, debiendo en todo actuar breve y sumariamente.
Las resoluciones que se dicten deberán ser por escrito, con los fundamentos de convicción que se tuvo a la vista para resolver los antecedentes del inculpado, y la sanción o liberación de cargos, debiendo notificarse personalmente o por carta certificada.”
Que sobre el particular conviene tener presente que del mérito del informe ejecutivo evacuado por A.C.D., D.A.M. en Ciencias Sociales, modalidad distancia, rolante a fojas 68, se desprende que el recurrente reprobó dos veces, por plagio ambas, la asignatura “N., globalización y alternativas políticas MCS131”: la primera, en el segundo semestre de 2012 cuando, de acuerdo al programa Tuning, que revisa plagio, señaló que superaba el 50%, luego de lo cual se le concedió una segunda oportunidad reintegrándose a la asignatura en el primer semestre de 2013 donde nuevamente incurre en la falta de plagio, de acuerdo al programa Tuning que revisa plagio superaba el 20%, lo que originó la formación de una Comisión de Ética, que decidió la medida de desvincular al maestrante, teniendo en cuenta, entre otras cosas, que no era la primera vez que incurría en esa acción, que en el segundo trabajo no cumplió con usar la bibliografía sugerida y “además, presenta formas de plagio en las páginas 4, 5 y 6, sin...
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