Decisión nº C435-16, de Consejo de Transparencia de 12 de Abril de 2016
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2016 |
Tipo | Documentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Defensa |
DECISIÓN AMPARO ROL C435-16
Entidad pública: Dirección General de Movilización Nacional
Requirente: Diego Sanjurjo García
Ingreso Consejo: 12.02.2016
En sesión ordinaria N° 697 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C435-16.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD Y DERIVACIÓN: El 23 de diciembre de 2015, don Diego Sanjurjo García solicitó al Ministerio de Defensa copia digital de todos los registros de armas de fuego, municiones y otras armas incautadas o confiscadas en Chile entre los años 2007 y 2015. En particular requiere que se le entregue la siguiente información ya sea en una tabla Excel o en un archivo csv:
a) El tipo, modelo, calibre, marca o nombre y número de serie de cada arma de fuego incautada o confiscada entre los años 2007 y 2015, inclusive;
b) El país y fecha de fabricación de cada arma de fuego incautada;
c) El origen de cada arma de fuego incautada (por ejemplo, con pedido de secuestro, registradas a nombre de usuarios civiles -con licencia vigente o vencida- o de policías y militares, etc., cuando sea posible);
d) La localidad y departamento del comprador legal más reciente de cada arma de fuego incautada, cuando sea posible. Si los números de serie u otras marcas fueron borrados (cuando sea posible);
e) La cantidad de armas de fuego recuperadas en cada incautación;
f) La fecha y localidad de cada incautación;
g) El número de identificación de cada incidente;
h) Los delitos cometidos con las armas de fuego incautadas o los delitos asociados a las armas de fuego incautadas;
i) Cualquier información adicional que permita distinguir las armas de fuego incautadas; y,
j) Cualquier información adicional que permita distinguir las armas de fuego ilegales de otras armas incautadas, confiscadas o puestas en custodia. Por armas ilegales me refiero a armas de fuego, municiones u otras armas que fueron producidas, transferidas, tenidas o usadas en violación de la ley.
Agregó, que no desea obtener ninguna información que identifique a personas asociadas o incluidas en los registros, como tampoco las...
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