Dictamen nº 21398 de Contraloría General de la República, de 25 de Marzo de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 501119750

Dictamen nº 21398 de Contraloría General de la República, de 25 de Marzo de 2014

N° 21.398 Fecha: 25-III-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General el senador señor Fulvio Rossi Ciocca denunciando irregularidades en la licitación pública convocada por el Ministerio de Bienes Nacionales para la venta de los inmuebles fiscales que indica, situados en la comuna de Iquique, por cuanto el decreto exento N° 1.263, de 2013, de esa Secretaría de Estado, que autorizó su enajenación y determinó las bases del certamen, no fue sometido a toma de razón.

Señala que dicho trámite resultaba obligatorio, puesto que el citado acto administrativo modificó los términos de las bases tipo utilizadas para regular ese procedimiento, aprobadas por decreto N° 77, de 2011, de esa Cartera de Estado, añadiendo que tales alteraciones consistieron en excluir la autorización de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL), así como el requisito de efectuar inversiones en el inmueble adjudicado.

Solicitado su informe, el Ministerio de Bienes Nacionales manifiesta que las bases tipo antes enunciadas contienen ciertas condiciones que no se aplican necesariamente en todas las licitaciones, pues solo proceden en los supuestos que en ellas se establecen. Agrega que la autorización de la DIFROL es uno de esos requerimientos, pues solo es exigible cuando los certámenes afectan a bienes situados en zonas fronterizas, lo que no ocurrió en el caso reclamado. De ese modo, en el llamado a la propuesta pública respectiva se aclaró dicha circunstancia, sin que lo anterior constituya una modificación de las bases tipo que requiera someterse al trámite de toma de razón.

Añade que el decreto N° 77, de 2011, prevé la posibilidad de que en las licitaciones particulares se contemple la obligación de efectuar inversiones en el inmueble, por lo que no resulta imperativo requerirlo en todos los procedimientos regidos por esas bases tipo, precisando que, en tal contexto, la autoridad decidió no exigirlas en el caso en examen.

Por su parte, la DIFROL ha informado que los inmuebles a que se refiere el senador señor Rossi Ciocca se encuentran dentro de la comuna de Iquique, la cual no está declarada zona fronteriza.

En relación con la materia, es necesario señalar que el artículo 84 del decreto ley N° 1.939, de 1977, establece que el Presidente de la República, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, podrá vender directamente, como asimismo mediante subasta o propuesta pública o privada, los bienes fiscales que no sean imprescindibles para el...

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