Dictamen nº 2924 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 487099002

Dictamen nº 2924 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2014

N° 2.924 Fecha: 14-I-2014

Don Enrique O’Farrill-Julien, Jefe del Departamento de Cooperación Bilateral y Multilateral de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI) denuncia que el Director Ejecutivo de ese órgano público, por sí o a través de su jefe de gabinete habría realizado actos contrarios al ordenamiento jurídico, que afectaron su situación funcionaria y personal. Al efecto detalla, en síntesis, que:

1) En diciembre de 2012, el recurrente manifestó su desacuerdo a la decisión de la mencionada autoridad de desvincular a una serie de empleados a contrata y a honorarios, en circunstancias que, previamente se había acordado que parte de dicho personal conformaría el equipo de la dependencia que dirige el peticionario. Además expresa que se destinaron funcionarios de aquella a otras unidades.

2) En enero de 2013, se habría dispuesto por las aludidas autoridades que la labor del referido Departamento de Cooperación Bilateral y Multilateral se restringiría a una de carácter receptiva.

3) Fue objeto de distintas situaciones que califica como constitutivas de maltrato y acoso laboral.

En su informe, el Director Ejecutivo de la AGCI manifiesta que en ejercicio de sus competencias adoptó algunas decisiones con el objeto de adecuar la labor de cada unidad a los requerimientos actuales del servicio, respetando la normativa aplicable en la especie, lo que fue resistido por el peticionario.

Añade que, atendidas las instrucciones y acuerdos del Consejo de la AGCI, elaboró y difundió a todo el personal el Instructivo Ordinario N° 01/001, el cual estableció y fijó una reorganización del personal en los diferentes departamentos y secciones de esa entidad, precisando objetivos y equipos de trabajo, acorde a las necesidades del servicio sin alterar las funciones de tales dependencias.

Agrega que mediante el aludido instrumento se retomaron las tareas de las distintas unidades acorde con lo dispuesto en el reglamento interno de la AGCI. Así, el citado Departamento de Cooperación Bilateral y Multilateral quedó abocado al desarrollo de proyectos y actividades destinados a resolver aspectos del ámbito nacional, mientras que al Departamento de Cooperación Horizontal se le reservó la relación con las contrapartes externas, países beneficiarios y fuentes.

Finalmente, señala que las denuncias de maltrato y acoso laboral no son efectivas, y que, por el contrario, en noviembre de 2011 el denunciante fue renovado en su cargo y se le asignó un equipo de...

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