Dictamen nº 41645 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 475127958

Dictamen nº 41645 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 2013

N° 41.645 Fecha: 01-VII-2013

El diputado señor Jorge Tarud Daccarett expone que el Ejército de Chile habría celebrado un contrato de mediería para la explotación forestal de una parte del predio fiscal San Antonio de Ancoa, el cual vulneraría la finalidad para la cual ese inmueble le fue destinado y que, por ende, procedería poner término inmediato a la referida destinación, haciendo presente que tal circunstancia habría afectado a algunas de las familias que lo ocupan, puesto que se les impediría la comercialización de leña y carbón a que se dedican.En su informe, el Ministerio de Bienes Nacionales expresa que el citado terreno fue destinado al Ministerio de Defensa Nacional, ex Subsecretaría de Guerra, para el uso de la Escuela de Artillería de Linares, añadiendo que no cuenta con antecedentes acerca de las condiciones de trabajo o labor económica que realizan las personas a que alude el ocurrente, acompañando, sin embargo, una copia del informe de la fiscalización que efectuó a esa propiedad en agosto de 2012, el cual consigna la existencia de faenas forestales y la presencia de familias que habitan allí desde antigua data, seis de las cuales reclaman que la autoridad militar obstaculizaría el desarrollo de su actividad productiva.Por su parte, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas precisa que por carecer de antecedentes sobre la materia, solicitó al Ejército de Chile evacuar el informe de rigor, institución que, a su vez, manifiesta que de acuerdo con su destinación, el anotado terreno es utilizado por la Escuela de Artillería de Linares como campo de ejercicios, añadiendo que luego de haberse declarado desierta una licitación pública convocada al efecto, en mayo de 2012 esa unidad militar pactó directamente con un particular el indicado contrato de mediería, el cual se limita al 5% de la superficie del predio y se ejecuta siguiendo el plan de manejo autorizado en 2011 por la Corporación Nacional Forestal, en adelante CONAF.Agrega que el lugar ha sido habitado desde largo tiempo por veintidós familias, seis de las cuales extraerían leña y carbón al margen del régimen de explotación establecido por la autoridad castrense, rehusando acordar contratos de trabajo o de mediería que tiendan a regularizar la situación.Sobre el particular, es necesario señalar que el inciso primero del artículo 56 del decreto ley N° 1.939, de 1977, que establece Normas sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado, preceptúa que...

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