Dictamen nº 40261 de Contraloría General de la República, de 26 de Junio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 475122594

Dictamen nº 40261 de Contraloría General de la República, de 26 de Junio de 2013

N° 40.261 Fecha : 26-VI-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Diego Sepúlveda Bernal, funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2012, que le significó quedar agregado en la Lista N° 3, Regular.

Requerido su informe, la mencionada repartición manifestó, en síntesis, que la inclusión del interesado en esa nómina, se ajustaría a la normativa que regula la materia.

Sobre el particular, en cuanto a que no procedería su ubicación en aquella lista, ya que tendría una trayectoria con buenas evaluaciones, es dable indicar, de acuerdo con lo señalado en el dictamen N° 63.378, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, que las calificaciones son independientes entre sí y, por ende, no obligan a la autoridad competente a asignar al empleado un cierto puntaje e incorporarlo en una nómina específica, en función de resultados obtenidos anteriormente.

Enseguida, acerca de que no debió ponderarse la sanción que se le aplicó, pues, a su juicio, en la investigación instruida en su oportunidad se habrían cometido vicios que afectarían su validez, corresponde anotar que la jurisprudencia administrativa, contenida en los dictámenes Nos 16.825, de 2011 y 43.445, de 2012, entre otros, de este origen, precisó que el proceso calificatorio no es la instancia pertinente para impugnar un procedimiento disciplinario que se encuentra afinado.

A su turno, en lo que atañe a la circunstancia de no haberse considerado sus constancias positivas, es menester destacar que tales datos revisten un carácter informativo y son parte de los distintos antecedentes que deben examinar los órganos evaluadores al ejercer su cometido, que no limitan sus facultades para apreciar el comportamiento laboral, por lo que un servidor puede figurar en una lista regular, aun cuando posea anotaciones destacadas en su historial, según se precisó por este Organismo de Control, en sus dictámenes Nos 21.974, de 2010 y 33.094, de 2011, entre otros.

Luego, tratándose de su incorporación en la lista anual de retiros pese a estar calificado por primera vez en Lista N° 3, Regular, cumple con manifestar que el artículo 61, letra c), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de esa institución policial, previene que a la Junta Calificadora de Oficiales Superiores y Jefes le corresponde proponer los Oficiales que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR