Dictamen nº 35961 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 474195010

Dictamen nº 35961 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 2013

N° 35.961 Fecha: 07-VI-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Miguel Ángel Pérez Jara, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, para solicitar que se determine si el procedimiento en virtud del cual se declaró que su salud es incompatible con el desempeño del cargo, se ajusta a derecho, por cuanto, a su juicio, no se le habría notificado la resolución que dispuso su alejamiento.

Requerido su informe, esa entidad indicó, en síntesis, que el Director General declaró la salud del interesado como incompatible, por lo que se dispuso su cese.

Sobre el particular, cabe anotar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie-, que el jefe superior del servicio podrá considerar como salud incompatible con el desempeño del cargo, haber hecho uso de licencia médica en un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los últimos dos años.

Ahora bien, en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el recurrente presentó 208 días de licencias médicas, entre el 11 de octubre de 2011 y el 13 de septiembre de 2012, por lo que mediante la resolución exenta N° 244, de 2012, la citada superioridad realizó la declaración que nos ocupa, decisión que le fue notificada al señor Pérez Jara mediante carta certificada remitida a su domicilio el día 8 de noviembre de 2012.

En este contexto, resulta útil señalar, contrariamente a lo que al parecer entiende el peticionario, que dicha resolución exenta, no es la que pone término a su carrera funcionaria, sino que únicamente, a través de ella, se efectuó la aludida declaración, instrumento que, tal como se informó en el dictamen N° 6.724, de 2012, de este Organismo de Control, debe ser notificado al afectado para que éste, si lo estima necesario, interponga los recursos que sean procedentes.

De esta manera, se debe expresar que para la desvinculación de un funcionario es necesario que esa superioridad emita otra resolución que, en virtud de la causal establecida en el artículo 94, letra f), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, disponga el retiro absoluto del servidor por salud incompatible, la que...

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