Dictamen nº 31369 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 474193790

Dictamen nº 31369 de Contraloría General de la República, de 22 de Mayo de 2013

N° 31.369\t Fecha: 22-V-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Etelvina del Carmen Soto Soto, exfuncionaria de la Municipalidad de Independencia, para solicitar que se determine si tiene derecho al bono que establece la ley N° 20.305, manifestando que no le fue otorgado debido a un retraso en el término de su relación laboral, producto de una falta de información entregada por su empleadora.

Requerido su informe, la citada entidad edilicia aún no lo ha evacuado, por lo que, en atención al tiempo transcurrido, se contesta la referida presentación sin ese antecedente.

Al respecto es útil expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, para el personal que, a su entrada en vigencia, a saber, el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que se señalan, entre ellos, las municipalidades.

Del mismo modo, el artículo primero transitorio de la citada ley, establece que el personal mencionado en el artículo 1°, que a la fecha de entrada en vigencia de ese texto legal tenga 60 o más años de edad si son mujeres -como era el caso de la recurrente-, accederá al bono en las mismas condiciones indicadas en los artículos permanentes, siempre que presenten la solicitud respectiva dentro de los 12 meses siguientes a dicha entrada en vigencia, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2009; cesen, en los términos que señala, durante el transcurso del lapso de 12 meses contados desde la presentación y cumplan con las exigencias mencionadas en su artículo 2°. Finaliza dicho artículo transitorio mencionando que el personal que no presente la solicitud de bono dentro de plazo, se entenderá que renuncia a él.

Ahora, cabe anotar que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, consta que, si bien la requirente cumplió 60 años de edad el 5 de febrero de 2006, vale decir, antes de la entrada en vigencia de la ley N° 20.305, solicitó la...

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