Dictamen nº 68025 de Contraloría General de la República, de 22 de Octubre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 471046530

Dictamen nº 68025 de Contraloría General de la República, de 22 de Octubre de 2013

N° 68.025 Fecha: 22-X-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Ana María Rivera Álvarez, exfuncionaria del Consejo de Defensa del Estado, para reclamar en contra de la decisión de la autoridad de poner término a sus servicios a contar del 31 de diciembre de 2012, sin comunicarle dicha decisión.

Requerido de informe, el anotado organismo manifestó, que la desvinculación de la servidora se ajustó a la legalidad, por cuanto ésta operó por el vencimiento del tiempo establecido en su designación, asistiéndole la facultad de decidir no renovar la contrata de la recurrente por considerar innecesarios sus servicios.

Como cuestión previa, cabe señalar que, según los antecedentes tenidos a la vista, la última vinculación de la interesada se dispuso desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2012.

Precisado lo anterior, conviene recordar que según lo previsto en el inciso primero del artículo 153 de la ley N° 18.834, el cumplimiento del plazo por el cual un empleado es designado en la citada condición, causa su inmediato cese, por lo que teniendo la relación entre la exservidora y el aludido consejo, tal calidad, la llegada de la fecha indicada, produjo el término de sus labores.

Asimismo, y sobre la falta de aviso que reclama, se debe destacar que, según lo ha precisado esta Entidad Fiscalizadora en su dictamen N° 28.890, de 2009, en las designaciones en las que se establece un plazo para su vencimiento, como ocurre en la especie, no se requiere una declaración explícita de voluntad por parte de la autoridad en orden a no renovarlas, ni practicar algún tipo de notificación al efecto, por lo que se desecha la alegación formulada en ese sentido.

Ahora, en lo referente a que se encontraba amparada por la...

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