Dictamen nº 62265 de Contraloría General de la República, de 27 de Septiembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 466303702

Dictamen nº 62265 de Contraloría General de la República, de 27 de Septiembre de 2013

N° 62.265 Fecha: 27-IX-2013\t

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Claudia Aguirre Peña, exfuncionaria del Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine si en el cálculo de la indemnización por feriado legal no utilizado, se deben considerar sólo los días hábiles.

Requerido de informe, ese organismo público expuso, en síntesis, que la peticionaria prestó funciones hasta el 1 de julio de 2012, fecha en la cual fue desvinculada.

Sobre el particular, es dable anotar que el artículo 73 del Código del Trabajo dispone que si el trabajador, teniendo los requisitos necesarios para hacer uso del feriado, deja de pertenecer por cualquiera circunstancia a la empresa, el empleador tiene que compensar el tiempo que, por tal concepto, le habría correspondido. Agrega que si esa convención hubiere terminado antes de completar la anualidad, deberá efectuarse un pago proporcional en los términos que indica.

Al respecto, es necesario recordar que, según concluye el dictamen N° 60.260, de 2008, de este origen, el feriado anual da derecho a los trabajadores para ausentarse de sus funciones, con goce de remuneraciones, durante los días hábiles que procedan.

Agrega el citado pronunciamiento que la aludida compensación, está directamente relacionada con el feriado anual que consagra el referido texto laboral, debiendo atenerse a la misma regla de otorgamiento de esta última franquicia, considerando para su cálculo, sólo los días hábiles.

Por tanto, de acuerdo con la mencionada jurisprudencia, acoger una interpretación contraria a la apuntada implicaría pagar períodos no comprendidos en la norma, como serían los días domingos y festivos.

Ahora bien, de los antecedentes examinados se advierte que en el cálculo de la respectiva indemnización, se consideraron sólo los días...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR