Dictamen nº 51801 de Contraloría General de la República, de 14 de Agosto de 2013
N°51.801 Fecha: 14-VIII-2013
Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos solicitando un pronunciamiento, en el marco del contrato de servicios de Contact Center, en torno a si, atendida la naturaleza variable de las prestaciones contratadas y el valor unitario de las mismas, corresponde modificar el acuerdo de voluntades debido a un incremento considerable e imprevisto de los servicios requeridos, lo que importaría un aumento del presupuesto estimado para dicho convenio.
Como cuestión previa, cabe señalar que el Servicio de Impuestos Internos llamó a una licitación pública para la contratación del servicio de Contact Center, cuyas bases administrativas, técnicas y respectivos anexos fueron aprobadas mediante la resolución N° 21, de 2011, de dicho organismo, y que culminó con el referido contrato, suscrito con la empresa POLICOMP S.A., sancionado a través de la resolución N° 31, de 2011, de la aludida entidad pública, y cuya vigencia se extiende por un plazo de 48 meses contados desde la recepción conforme del servicio de instalación y puesta en marcha.
Sobre el particular, es del caso manifestar que del análisis de los antecedentes citados y de acuerdo a lo expresado por el organismo, se desprende que, debido a la naturaleza variable del servicio, el monto del contrato es de carácter estimado y su pago se realiza por las prestaciones efectivamente otorgadas durante el mes anterior, según el valor ofrecido.
Conforme a lo expuesto, para efectos de realizar la oferta económica establecida en el Anexo N° 3, los proponentes debían considerar el Anexo N° 7, que contiene las estadísticas de llamadas y contactos de los años 2009 y 2010, para lo cual los precios tenían que indicarse en valores unitarios y ajustarse a las mismas.
No obstante lo anterior, y el carácter estimado del presupuesto del servicio para dicha contratación, el punto N° 3.3.2 de las bases administrativas que regula la oferta económica dispone, en concordancia con el numeral 2 del anotado Anexo N° 3 sobre "Propuesta Económica", que estas no podrán superar el monto bruto anual presupuestado de $540.000.000.-, estableciéndose de esta forma un precio máximo para el convenio analizado.
Asimismo, el punto N° 4.3 del pliego de condiciones, que se refiere al documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, establece las condiciones que debe tener este instrumento, remitiéndose para ello a la ficha ejecutiva, la cual consigna que...
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