Dictamen nº 34585 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 440156022

Dictamen nº 34585 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2013

N° 34.585 Fecha: 04-VI-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Asociación de Empleados de Tesorerías, para solicitar un pronunciamiento que determine si se ajustaron a derecho las metas de gestión que indica, del convenio de desempeño colectivo de esa institución del año 2012.

Señalan los recurrentes, en síntesis, que las metas de gestión Nos 1 y 2 del referido documento, denominadas “gestionar carga de trabajo de los funcionarios”, y “aplicar reglamento especial de calificaciones del Servicio de Tesorerías”, corresponden a obligaciones funcionarias, en circunstancias que, según lo previsto en la normativa vigente, dichos deberes no pueden poseer tal calidad, agregando que el cumplimiento de éstas se encuentra entregado únicamente a algunos empleados y no a todos los integrantes del equipo.

Requerida de informe, esa institución no se pronunció acerca de la materia reclamada por los recurrentes.

Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 1° de la ley N° 19.553, concede una asignación de modernización a los empleados que señala, y que comprende un componente base, un incremento por desempeño institucional y otro por desempeño colectivo.

Ahora, con respecto al mencionado incremento por desempeño colectivo, es necesario destacar que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° de ese cuerpo legal, éste corresponderá a los funcionarios que sirvan en equipos, unidades o áreas de trabajo, en relación con el grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas para cada uno de ellos, en los porcentajes y de conformidad al procedimiento que alude.

Por su parte, el artículo 11 del decreto N° 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, prescribe, en lo que interesa, que cada jefe superior de servicio definirá para los distintos equipos de su institución, los objetivos y las metas de gestión, anuales y pertinentes, que efectivamente contribuyan a mejorar el desempeño institucional, con sus correspondientes indicadores, ponderadores y mecanismos de verificación, agregando, en lo que interesa, que no podrán ser metas de gestión materias que constituyan obligaciones funcionarias reguladas por la ley N° 18.834.

Conforme lo anterior, de los antecedentes acompañados, es posible advertir que la primera meta impugnada, denominada “gestionar la carga de trabajo de los funcionarios”, considera el número de horas extraordinarias realizadas por los empleados, y su indicador de cumplimiento pondera el monto pagado durante el año por este concepto...

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