Dictamen nº 10569 de Contraloría General de la República, de 14 de Febrero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 436525654

Dictamen nº 10569 de Contraloría General de la República, de 14 de Febrero de 2013

N° 10.569 Fecha: 14-II-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario de la Cámara de Diputados, adjuntando una solicitud del Diputado Fidel Espinoza Sandoval, mediante la cual requiere que este Organismo de Control realice una investigación para establecer la eventual responsabilidad administrativa de funcionarios del Consejo de Defensa del Estado que tuvieron participación en el proceso judicial denominado "Caso Alerce", por la tala ilegal de esa especie, atendido que esa entidad nunca habría solicitado una diligencia en el aludido juicio, a pesar de haberse hecho parte en aquel, por encontrarse comprometido el interés fiscal por la vía del daño ambiental causado.

Requerido informe al Consejo de Defensa del Estado, Procuraduría Fiscal de Puerto Montt, manifiesta, en síntesis, que el referido proceso judicial tuvo varias líneas investigativas, a saber, Uso Maliciosos de Instrumento Público Falso, Cohecho, Hurto y Receptación, y Delito Tributario, precisando que, sin perjuicio de la intervención de dicho organismo en la aludida causa penal, dedujo también demandas civiles de reparación del daño ambiental y de indemnización de perjuicios contra taladores, administradores y propietarios de los predios donde se llevó a efecto la tala clandestina, quienes resultaron condenados solidariamente a reparar el daño ambiental y a indemnizar al Fisco, sentencias que fueron confirmadas por la Corte de Apelaciones de Valdivia, encontrándose actualmente a firme aquella referente al predio del señor Lagomarsino, y en la tabla de la Corte Suprema, para conocer de un recurso de casación, la sentencia que acoge la demanda en contra la empresa Forestal Sarao S.A.

Agrega, a continuación, que la empresa Forestal Sarao S.A., dedujo demandas indemnizatorias en contra del Fisco, por falta de servicio, y contra la Corporación Nacional Forestal, terminando la primera por abandono de procedimiento, y la segunda fue rechazada por el Juzgado Civil de Puerto Varas, fallo que fue confirmado por la Corte de Apelaciones de Valdivia y que actualmente se encuentra en la Corte Suprema para conocer de un recurso de casación deducido por la demandante.

Finalmente, informa que las referidas causas fueron calificadas desde su inicio como de "atención selectiva", por lo que las decisiones de intervención de esa entidad, tales como redacción de demandas, ejercicio de recursos, entre otras, incluida la gestión administrativa de aquellas, fueron dirigidas y...

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