Dictamen nº 2538 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 415348822

Dictamen nº 2538 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2013

N° 2.538 Fecha: 11-I-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Asociación de Funcionarios de la Salud Municipalizada de Osorno, solicitando la reconsideración del oficio N° 3.527, de 2012, de la sede Regional de Los Lagos, que se pronunció respecto a la presentación efectuada por dicha organización, en relación al pago de la asignación de desempeño difícil a los funcionarios de los Servicios de Atención Primaria de Urgencia del Departamento de Salud de ese municipio.

La recurrente fundamenta su petición en que, a su parecer, el aludido oficio no se habría pronunciado respecto a la consulta formulada a la referida Oficina Regional, y que a los servidores afectados no se les ha solucionado el mencionado emolumento. Asimismo, consulta sobre la factibilidad de aplicar -supletoriamente a la situación de la especie-, el plazo de prescripción establecido en el artículo 157 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, para reclamar el pago del mismo.

Requerido al efecto, el citado municipio ha informado, en lo que interesa, que el beneficio por el que se reclama ha sido pagado a los funcionarios de que se trata, de acuerdo a la normativa vigente, por lo que se debería desestimar su petición.

Al respecto, cabe recordar que el aludido oficio N° 3.527, de 2012, concluyó que, para determinar la asignación de desempeño difícil que corresponde al anotado personal, se debe comparar el monto resultante de la aplicación del porcentaje vinculado con la asignación a que tiene derecho, con aquel a que diere lugar la aplicación del porcentaje fijado al consultorio al que se encuentra adosado y, de acuerdo a ello, pagar la asignación que en definitiva sea superior.

Sobre el particular, es dable precisar que los artículos 28 de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, y 77 del decreto N° 1.889 de 1995, del Ministerio de Salud, Reglamento de la Carrera Funcionaria del personal regido por el aludido estatuto, conceden, en lo que interesa, la asignación que nos ocupa a aquellos funcionarios que, sin pertenecer a un establecimiento calificado como de desempeño difícil, ejecutan labores en un Servicio de Atención Primaria de Urgencia, beneficio que ascenderá a un quince por ciento calculado sobre el sueldo base y la asignación de atención primaria municipal, correspondiente a su categoría y nivel funcionario, la que es incompatible con la asignación que corresponda a los consultorios por concepto de...

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