Dictamen nº E371266 de Contraloría General de la República del 21-07-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 940122751

Dictamen nº E371266 de Contraloría General de la República del 21-07-2023

Fecha21 Julio 2023
Tipo de documentoGenerales

Nº E371266 Fecha: 21-VII-2023

I. Antecedentes

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Fabián Caballero Vergara, presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Municipales de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 9.127, de 2017, de este origen, el que concluyó, en síntesis, que no son aplicables las normas sobre prácticas desleales o antisindicales contenidas en el Código del Trabajo respecto de los funcionarios de los organismos de la Administración del Estado en que rige la ley N° 19.296, que establece normas sobre asociaciones de dichos servidores.

El peticionario funda su pretensión, en síntesis, en que la ley N° 21.280, en su opinión, amplía el ámbito de aplicación del Código del Trabajo a todos los trabajadores, por lo que sería posible desprender que los funcionarios públicos sí estarían afectos a las anotadas normas sobre prácticas desleales o antisindicales.

Requerido al efecto, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social informó en la materia.

II. Fundamento jurídico

Sobre el particular, es del caso señalar, que el artículo 1° de la ley N° 21.280 declara interpretado el inciso primero del artículo 485 del Código del Trabajo en el sentido que las normas de los artículos 485 y siguientes del anotado texto laboral, contenidas en el Párrafo 6° del Capítulo II del Título I del Libro V de dicho cuerpo normativo, son aplicables a todos los trabajadores, incluidos, en lo que importa, aquellos a los que hace referencia el inciso segundo del artículo del Código del Trabajo, en virtud de lo dispuesto en los incisos primero y tercero de ese mismo artículo -esto es, a los funcionarios de la Administración del Estado-.

Por su parte, resulta útil recordar, que el artículo 485 del anotado Código Laboral, contenido en el libro V, “De la jurisdicción laboral”, Título I, “De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional”, Capítulo II, “De los principios formativos del proceso y del procedimiento en juicio del trabajo”, párrafo 6°, “Del Procedimiento de Tutela Laboral”, preceptúa que el procedimiento contenido en dicho párrafo se aplicará respecto de las cuestiones suscitadas en la relación laboral por aplicación de las normas laborales que afecten los derechos fundamentales de los trabajadores, entendiéndose por éstos, en lo que interesa, los consagrados en el artículo 19, N° 16, de la Constitución Política de la República, relativo a la libertad de trabajo, al derecho a su libre elección y a lo...

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