Dictamen nº 23773 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 433486150

Dictamen nº 23773 de Contraloría General de la República, de 19 de Abril de 2013

N°23.773 Fecha:19-IV-2013\t

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Leonardo Francisco Roldán Valdebenito, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de la decisión adoptada por esa repartición, de no renovar su contrata para el año 2013.

Requerido su informe, el aludido organismo ha manifestado, en síntesis, que la desvinculación del ocurrente se ajustaría a la normativa que regula la materia.

Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 1° de la orden general N° 1.957, de 2010, de la Dirección General, Directiva del Personal Contratado por Resolución -calidad que tenía el recurrente-, señala que el desempeño de aquéllos durará como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año.

En este sentido, resulta útil hacer presente, en armonía con el criterio contenido en los dictámenes Nos 71.093, de 2011 y 45.359, de 2012, de este origen, entre otros, que compete a la autoridad pertinente determinar la procedencia de la prórroga de una designación a contrata, sin que a este Organismo de Control le corresponda ponderar las razones que la superioridad tuvo para decidir, en uso de sus facultades, la no continuidad de la misma.

Ahora bien, se debe expresar que, en los registros de esta Contraloría General, aparece que la última designación del peticionario fue por el período 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, según se dispuso en la resolución exenta N° 2, de dicha anualidad, de la Dirección Nacional de Personal, de modo que el alejamiento del señor Roldán Valdebenito ha procedido al configurarse la causal vencimiento del plazo.

Luego, tratándose del planteamiento del interesado, en cuanto a que en el proceso calificatorio correspondiente al período 2012, se le asignó un puntaje que habría permitido prorrogar su designación, es menester destacar que este Órgano Fiscalizador, a través de sus oficios Nos 49.047 y 69.294, ambos de 2010, precisó que la evaluación que obtenga un empleado, no es...

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