Dictamen nº 74764 de Contraloría General de la República, de 30 de Noviembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 409652266

Dictamen nº 74764 de Contraloría General de la República, de 30 de Noviembre de 2012

N° 74.764 Fecha: 30-XI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Miguel Carril Rojas, ex funcionario a contrata de la Municipalidad de Peñalolén, reclamando en contra de la decisión de la autoridad municipal que dispuso el término anticipado de su designación, a contar del 1° de mayo de 2012, considerando que a dicha fecha se encontraba haciendo uso de una licencia médica, la que no fue recibida por la entidad edilicia -al igual que otros dos permisos-, pese que a la data de su presentación aún no había sido desvinculado de sus funciones. Requerido al efecto, el municipio ha informado que al señor Carril Rojas, se le puso término anticipado a su contrata, a contar del 1° de mayo de 2012, razón por la cual, las licencias médicas que presentó con posterioridad a esa fecha, no fueron admitidas a tramitación por dicha corporación, toda vez que aquel carecía de la calidad de funcionario municipal. Sobre el particular, es menester indicar que acorde con los artículos , inciso tercero, y , letra f), de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, el empleo a contrata es aquel de carácter transitorio que se contempla en la dotación de una municipalidad, cuya duración máxima es hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirven cesan en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiera sido dispuesta la prórroga con treinta días de anticipación, a lo menos. Por su parte, la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 1.596 y 68.462, ambos de 2011, ha concluido que cuando una contratación, o su prórroga, ha sido dispuesta con la fórmula “mientras sean necesarios sus servicios”, la autoridad administrativa puede ponerle término en el momento que estime conveniente, sin que corresponda a este Organismo Contralor revisar los motivos que tuvo en cuenta para ello. En el presente caso, y según consta de la base de datos del Personal de la Administración del Estado que mantiene esta Entidad Fiscalizadora, la Municipalidad de Peñalolén designó a contrata al recurrente, asimilado a un grado 12 de la planta administrativa, a través del decreto N° 27, de 2011, por el período que media entre el 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre de ese año, y mientras sus servicios sean necesarios, siendo tal nombramiento objeto de una prórroga, la cual se dispuso, para todo el año 2012, en idénticas condiciones, por el...

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