Dictamen nº 32822 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406760582

Dictamen nº 32822 de Contraloría General de la República, de 4 de Junio de 2012

N° 32.822 Fecha : 04-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Tomás Domínguez Balmaceda, denunciando el presunto incumplimiento de funciones del Consejo de Monumentos Nacionales, CMN, en relación al Cementerio General de Santiago, dependiente de la Municipalidad de Recoleta, por cuanto, con posterioridad al terremoto de 27 de febrero de 2010, no se elaboraron diagnósticos de la destrucción ocasionada, ni proyectos de reparación del patrimonio afectado, ni se consultaron fondos especiales para tal efecto, al tiempo que denuncia que se habrían vendido sepulturas dañadas por el sismo, se permitió la ejecución de obras en el referido Cementerio sin autorización previa del CMN y se habrían producido remociones y pérdidas de obras de arte. Asimismo, solicita que se investiguen eventuales irregularidades en las que habría incurrido el entonces Secretario Ejecutivo del CMN durante el proceso de declaratoria de monumento nacional del referido Cementerio General, al obstaculizar su trabajo en calidad de peticionario y otorgar un trato indulgente a la Municipalidad de Recoleta frente a sus denuncias. Denuncia, además, falta de elaboración del Plan de Manejo para el Cementerio General por parte del CMN, haciendo presente que, en relación a la materia, hizo presentaciones a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, DIBAM, y al Ministro de Educación, sin obtener respuesta oportuna, en orden a dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Monumentos. Luego, reclama respecto de amenazas que habría proferido en su contra el entonces Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, señor Oscar Acuña Poblete, así como por la Directora de Bibliotecas, Archivos y Museos, a través de los oficios N os 2.709, de 2010 y 3, de 2012, en los que se hace referencia al inicio de acciones judiciales en su contra, lo que, en su opinión, afecta sus derechos a la libre expresión y de petición. También, el peticionario hace presente que, a su juicio, el criterio contenido en el dictamen N° 35.105, de 1995, de esta Contraloría General, según el cual no se pueden invertir fondos públicos en obras de propiedad privada, ha dificultado la reconstrucción patrimonial del Cementerio General. Finalmente, el solicitante se refiere a diversas situaciones abordadas por esta Entidad de Control en su Informe Final de Auditoría N° 226, de 2009, las que vincula con las denuncias que efectúa en esta oportunidad. Sobre la materia, cabe primeramente hacer presente que mediante el decreto N° 72, de 2010, del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial el 27 de marzo de 2010, se declaró Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el casco histórico del Cementerio General, ubicado en la comuna de Recoleta, Región Metropolitana. Enseguida, conviene precisar que, acorde con lo dispuesto en la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, los monumentos históricos, que según la regla general del artículo 1° de dicha ley, en concordancia con su artículo 9°, constituyen una categoría de monumento nacional, se encuentran bajo la tuición y protección del Estado, el que la ejerce por medio del CMN, en la forma que determina ese mismo ordenamiento. Ahora bien, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° de la ley N° 17.288, son monumentos históricos los lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular, desde que han sido declarados como tales por decreto supremo dictado a solicitud y previo acuerdo del Consejo de Monumentos Nacionales. Precisado lo anterior, respecto de las reclamaciones del recurrente en contra del CMN por determinadas omisiones en relación al patrimonio histórico del Cementerio General, entre otros, falta de elaboración de diagnósticos, así como de proyectos de reparación y/o restauración de los daños causados por el terremoto que tuvo lugar el 27 de febrero de 2010, cabe señalar que, de acuerdo a las indagaciones realizadas en terreno por personal de este Organismo Fiscalizador, el CMN no realizó un diagnóstico oficial de los daños que ese sismo ocasionara al Casco Histórico del Cementerio General. En efecto, de acuerdo con lo manifestado mediante oficio N° 1.087, de 2012, ese Consejo cuenta con un registro fotográfico de los daños en los edificios pertenecientes al Cementerio General que proporcionó el señor Domínguez Balmaceda el 10 de marzo de 2010, además de otros antecedentes sobre la materia, reunidos con ocasión de diversos proyectos de recuperación y reparación de bienes presentados por la Administración del Cementerio General y por particulares. Asimismo, informa que, con ocasión de la declaratoria del referido monumento histórico, no se elaboró un catastro detallado de las unidades que lo componen. No obstante lo expresado, es del caso consignar que, según consta de los antecedentes reunidos sobre la materia, la Administración del...

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