Dictamen nº 41980 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406759522

Dictamen nº 41980 de Contraloría General de la República, de 12 de Julio de 2012

N° 41.980 Fecha : 12-VII-2012 Se ha remitido a esta Contraloría General, para el trámite de toma de razón, la resolución N° 143, de 2012, del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual, como resultado del concurso llamado por ese organismo para proveer 57 cargos de su planta de auxiliares, se nombran en las citadas plazas a los 33 funcionarios que se indican en cada caso. Por su parte, se ha dirigido a esta Entidad de Control don Alejandro Chaura Canales, participante en el aludido concurso, para reclamar que no se le concedió el puntaje mínimo establecido en las bases para aprobar la segunda etapa del mismo, en circunstancias que, por las razones que expone, estima poseer las condiciones solicitadas. Requerido su informe, esa repartición expresó, en síntesis, que las pautas del certamen contemplaron la existencia de dos fases sucesivas y excluyentes, por lo que la circunstancia de alcanzar la puntuación mínima fijada para la primera de ellas determinaba el paso a la instancia siguiente, accediendo a ésta quienes alcanzaban un mínimo de 40 puntos, como ocurrió con el recurrente. Luego, agrega que en la segunda etapa el señor Chaura no alcanzó el puntaje suficiente para ser seleccionado. Acto seguido, es útil añadir que los antecedentes acompañados por el servicio dan cuenta que el interesado sólo obtuvo 19 puntos en la segunda etapa, relativa al factor aptitud para el cargo, que requería al menos 20 puntos para su aprobación, acorde con lo previsto en el N° 5 de los lineamientos concursales, siendo dable añadir que su N° 6 señala que para ser considerado postulante idóneo se debía contar con la puntuación mínima exigida para cada factor y obtener un mínimo acumulado de 60 puntos. Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo a lo precisado en el dictamen N° 6.374, de 2012, de este origen, a este Ente Contralor no le corresponde pronunciarse en relación a las decisiones adoptadas por la autoridad, cuando la solicitud de revisión recae en materias relativas a las competencias de los candidatos en un proceso de selección, como acontece con el reclamo de la especie, ya que la evaluación de los respectivos perfiles que deban reunir los concursantes corresponden a aspectos de mérito, cuya determinación es de competencia de la autoridad administrativa, procediendo la intervención de este Órgano Fiscalizador sólo sobre irregularidades comprobadas en el certamen o infracciones en la aplicación de las normas que fijan los puntajes que...

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