Dictamen nº 49397 de Contraloría General de la República, de 13 de Agosto de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406756662

Dictamen nº 49397 de Contraloría General de la República, de 13 de Agosto de 2012

N° 49.397 Fecha: 13-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Meza Pérez, exfuncionario de la Universidad Arturo Prat, para reclamar de la decisión de la autoridad, en orden a no renovar su contratación para el año 2012. Asimismo, hace presente que se le adeuda la diferencia de 16 horas de labores extraordinarias trabajadas durante veinte meses, como también las realizadas en horario nocturno y días domingo, en el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2010 y el 31 de diciembre de 2011. Requerido su informe, la aludida corporación universitaria ha expresado, respecto al reclamo relativo al pago de las tareas que efectuó fuera de la jornada ordinaria, que se ha procedido a recalcular las horas trabajadas desde su fecha de ingreso a la Institución hasta el 31 de diciembre de 2011, determinándose que existe una diferencia a su favor por la suma de $ 337.320, motivo por el cual se ha instruido a la Unidad de Tesorería de esa casa de estudios superiores para que proceda a regularizar esa situación, añadiendo, en lo relativo al tiempo laborado en horario nocturno, que el reclamante percibía dentro de su remuneración mensual, una asignación por ese concepto, por lo cual lo solicitado resulta improcedente. Sobre el particular, y en cuanto al primer aspecto del reclamo, es dable anotar que de acuerdo con el artículo 153 de la ley N° 18.834, el cumplimiento del plazo por el cual fue contratado el funcionario, produce la inmediata cesación en sus labores. En este sentido, cabe señalar que de acuerdo a los registros de este Órgano Fiscalizador, el peticionario fue designado a contrata, asimilado a la planta de auxiliares, desde el 1 de abril al 31 de mayo de 2010, siendo esta prorrogada sucesivamente, disponiéndose la última renovación hasta el 31 de diciembre 2011, por lo que es posible afirmar que el cese de sus labores se produjo por expreso mandato de la ley, una vez vencido el plazo establecido en el precitado acto administrativo, tal como se establece en el dictamen N° 25.447, de 2012, de este Ente Contralor, ajustándose, por tanto, a la normativa y jurisprudencia aplicables a la materia, debiendo desestimarse lo alegado al respecto. Luego, en lo que se refiere al pago de horas extraordinarias que reclama el señor Meza Pérez, y de acuerdo con lo señalado por la autoridad universitaria, este deberá requerir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR