Dictamen nº 68476 de Contraloría General de la República, de 31 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406754246

Dictamen nº 68476 de Contraloría General de la República, de 31 de Octubre de 2012

N° 68.476 Fecha: 31-X-2012 La senadora Isabel Allende, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Minería y Energía del Senado, consulta a esta Contraloría General sobre el estado de tramitación de los contratos especiales de operación petrolera -en adelante, Ceops-, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena anunciados por el Gobierno durante el año 2010 y si en dicho proceso se han detectado irregularidades debido a la falta de licitación pública en la adjudicación de tales convenios. Asimismo, solicita se le informe si han surgido circunstancias perjudiciales o lesivas para los intereses patrimoniales del Estado o para la Empresa Nacional del Petróleo -en adelante, Enap-, en relación a los pozos, equipos e infraestructura y acerca de las obligaciones de los contratistas sobre los bloques involucrados en esos acuerdos de voluntades, como también de aquellos de igual naturaleza, suscritos durante el proceso del año 2007. Requerido su informe, la aludida empresa expresó que tanto la licitación pública como la contratación directa son vías idóneas para seleccionar al contratista con el cual el Estado se asociará para firmar los mencionados contratos. Agregó que la propiedad de sus activos en esas áreas no será transferida en virtud de los Ceops aludidos, ni de las asociaciones con los privados seleccionados para realizar tales labores, lo cual es sin perjuicio de las convenciones que pueda celebrar con estos últimos para el uso de los mismos en su debida oportunidad, ya que por la etapa inicial de tramitación en la que se encuentran dichos convenios, se desconocen las instalaciones que podrían ser utilizadas y la cantidad de hidrocarburos a tratar o transportar, lo que depende de los éxitos exploratorios que efectúen los contratistas. Precisó, asimismo, que no ha sufrido daño patrimonial respecto de los contratos suscritos durante el año 2007, adquiriendo la propiedad de la información que señala y bonos por la cantidad que indica. Por su parte, el Ministerio de Energía manifestó que el Presidente de la República, en ejercicio de la atribución que le confiere el ordenamiento jurídico, puede fijar la forma a través de la cual se designará al contratista, ya sea por licitación pública, privada o contratación directa, atendidas las circunstancias particulares de cada caso. Añade, respecto de la posible existencia de aspectos lesivos para las arcas estatales en la adjudicación de los bloques San Sebastián, Isla Norte, Marazzi-Lago Mercedes, Flamenco y Campanario, ubicados en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, que ésta se ajustó a la normativa aplicable y que tales perjuicios no se han producido. Agrega, en relación al eventual daño patrimonial para el Estado por los Ceops celebrados durante el año 2007, que no se aprecia tal situación puesto que se han cumplido...

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