Dictamen nº 49447 de Contraloría General de la República, de 13 de Agosto de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406753206

Dictamen nº 49447 de Contraloría General de la República, de 13 de Agosto de 2012

N° 49.447 Fecha : 13-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Eduardo Leiva Urzúa, quien actualmente se desempeña como profesional a contrata del Servicio Nacional de Geología y Minería, para solicitar la invalidación de la resolución que aceptó su renuncia al empleo titular, directivo, categoría 10, como jefe de Departamento de Propiedad Minera, por los motivos que indica, como asimismo, que se ordene su reincorporación y el pago de las remuneraciones correspondientes, atendido que, según expone, presentó oportunamente el desistimiento de dicha dimisión. El recurrente sostiene, por una parte, que fue objeto de presiones ilegítimas de la autoridad para que hiciera dejación de su empleo y, por otra, que su retractación fue presentada antes de la aceptación de su renuncia, por lo que no debió darse curso a esta última, considerando su derecho a la carrera funcionaria y lo sostenido por la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora sobre la materia. Requerido su informe, el citado Servicio señala que se ha ordenado la realización de una investigación sumaria para indagar sobre los hechos y antecedentes denunciados por el señor Leiva Urzúa y determinar la eventual existencia de responsabilidades y sanciones que correspondan. Sobre el particular, es dable anotar que el artículo 147, inciso segundo, de la ley N° 18.834, preceptúa que la renuncia a un empleo deberá presentarse por escrito y no producirá efecto sino desde la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto o resolución que la acepte, a menos que se indicare una data determinada y así lo disponga la autoridad. Por su parte, este Organismo Contralor ha sostenido, en los dictámenes N os 9.355, de 2009 y 25.258, de 2012, entre otros, que los interesados pueden retractarse de su renuncia voluntaria aún después de haberse dictado la resolución o decreto que las acepta, pero sólo hasta antes del momento en que se les notifica la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR