Dictamen nº 54647 de Contraloría General de la República, de 4 de Septiembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406752102

Dictamen nº 54647 de Contraloría General de la República, de 4 de Septiembre de 2012

N° 54.647 Fecha: 04-IX-2012 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña Margarita Inés Huencho Díaz, exonerada política, para solicitar la revisión de su situación previsional, particularmente en lo que dice relación con el derecho de opción previsto en el artículo 16 de la ley N° 19.234. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, manifiesta, en síntesis, junto con remitir el expediente de la interesada, que no es posible otorgarle un beneficio no contributivo, por gracia, toda vez que su bono de reconocimiento se encuentra comprometido en la pensión que se le concediera en el régimen del decreto ley N° 3.500, de 1980. Al respecto, cabe expresar, en primer término, que, respondiendo una anterior presentación de la recurrente, mediante el dictamen N° 80.152, de 2010, este Organismo Contralor determinó que no le asistía el derecho a optar entre una pensión no contributiva, por gracia, y su bono de reconocimiento, ya que éste fue cedido y liquidado al conferirle una prestación jubilatoria, acorde con lo establecido en el anotado decreto ley N° 3.500, de 1980. La conclusión anterior tiene su fundamento en que el aludido bono es un instrumento, expresado en dinero, representativo de las cotizaciones que tenían registradas en el antiguo sistema los trabajadores que decidieron afiliarse a una Administradora de Fondos de Pensiones por lo que, cuando un exonerado político entra en el goce de una jubilación en el régimen del citado decreto ley N° 3.500, de 1980, las imposiciones que ese bono de reconocimiento representa se consideran en el cálculo de dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR