Dictamen nº 23047 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406752070

Dictamen nº 23047 de Contraloría General de la República, de 20 de Abril de 2012

N° 23.047 Fecha: 20-IV-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Guillermo Daniel Salas Aguayo, ex docente de la antigua Universidad Técnica del Estado, actual Universidad de Santiago de Chile, exonerado político, para solicitar la revisión de la asimilación efectuada para determinar su pensión no contributiva. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con acompañar tres expedientes del interesado, manifiesta, en síntesis, que la jubilación en comento se encuentra correctamente calculada, de conformidad con lo previsto por el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234 y sobre la base de las 36 últimas rentas imponibles asignadas al grado 9 de la escala de sueldos de la Universidad de Santiago de Chile. Al respecto, cabe advertir, en primer término, que por medio de la resolución N° 3.487, de 2009, del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del recurrente y se le concedió un beneficio no contributivo, por la suma inicial mensual de $ 185.750.-, a contar del 1 de septiembre de 1999. Enseguida, resulta necesario precisar que del examen de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la prestación de que se trata fue fijada, acorde con lo preceptuado por el inciso segundo del artículo 12 de la Ley de Exonerados Políticos, en consideración al cargo de ex Académico Jornada completa Nivel C, de la ex Universidad Técnica del Estado, que el solicitante desempeñaba a la fecha del término de sus funciones, acaecida el 1 de marzo de 1980, siendo asimilado, a marzo de 1990, al cargo de Académico, grado 9 de la Escala de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR