Dictamen nº 45464 de Contraloría General de la República, de 27 de Julio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406751682

Dictamen nº 45464 de Contraloría General de la República, de 27 de Julio de 2012

N° 45.464 Fecha : 27-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Georgette Angelique Beéche Cisternas, para solicitar un pronunciamiento que determine el derecho que le asiste, a su juicio, para obtener la pensión de montepío regulada por la ley N° 16.229, causada por su padre, ex diputado, don Jorge Augusto Beéche Caldera, que le fue rechazada, en su oportunidad por el Instituto de Previsión Social. Requerido al efecto, el citado Instituto de Previsión ha señalado, en síntesis, que le fue denegado dicho beneficio a la peticionaria, por medio de la resolución N° 10.294, de 2011, puesto que se consideró primitivamente que el causante no tenía la calidad de jubilado en el régimen aplicable a los parlamentarios que desempeñaron cargos con anterioridad a 1990. Agrega que, no obstante, después se acreditó que doña Hilda Cisternas Ojeda, viuda del señor Beéche Caldera, percibió efectivamente la pensión que regula la referida ley, por lo que la recurrente tiene también derecho a la pensión de montepío en cuestión, desde la fecha del deceso de su madre, -hecho ocurrido con fecha 12 de mayo de 2011-, habiendo sido ya remitido el expediente de la interesada a la División de Beneficios de esa institución para su tramitación y posterior otorgamiento. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término que el artículo 1° de la citada ley N° 16.229, concedió a las viudas de parlamentarios y ex parlamentarios una pensión de montepío en las condiciones que allí se establecen, beneficio al que también tienen derecho, según lo dispone el artículo 2° de dicha ley, las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR