Dictamen nº 64868 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406749742

Dictamen nº 64868 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 2012

N° 64.868 Fecha: 18-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Arturo Cleveland Mujica, Jefe del Departamento de Salud de la Municipalidad de Quilicura, solicitando un pronunciamiento acerca del derecho a percibir las remuneraciones que se le adeudan desde la fecha en que se le ordenó la destinación que indica, y que fuera declarada ilegal por el dictamen N° 65.092, de 2010, de este origen. Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó que la situación del recurrente se regularizó a través del decreto alcaldicio N° 289, de 2011, que restituyó al peticionario en el aludido cargo de jefatura, reclamando este el pago retroactivo de sus remuneraciones, incluida la asignación transitoria prevista en el artículo 45 de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud, aspecto que solicita dilucidar a este Organismo de Control, atendida la discrepancia surgida entre la Dirección Jurídica de ese municipio, que estima procedente el reclamo, y la Dirección de Control, que lo objeta, fundándose en que en la especie el reclamante no ejerció el empleo que originaba ese derecho, el que, además, se encontraría prescrito. Sobre la materia, cabe recordar que el aludido dictamen N° 65.092, de 2010, por las razones que invoca, señaló que no resultó procedente la resolución N° 4, de 2010, que destinó al ocurrente a cumplir "funciones de estudio de la dotación en el área técnica y administrativa para la implementación de nuevo consultorio de la comuna", por no corresponder a las labores inherentes al empleo específico para el cual había sido designado, esto es, Jefe del Departamento de Salud Municipal, ya que aquella se refería únicamente a una función de planificación específica, de carácter transitorio, concluyendo que esa entidad edilicia debía adoptar las medidas necesarias para regularizar la situación descrita, en términos de dejar sin efecto la mencionada resolución, restituyendo al interesado a su empleo anterior. Es dable agregar que, habiendo solicitado el municipio la reconsideración del citado pronunciamiento, dicho criterio fue confirmado por el dictamen N° 11.257, de 2011, luego de lo cual la autoridad edilicia dio cumplimiento a lo dictaminado por esta Entidad de Control, dictando el decreto N° 289, de 31 de marzo de ese año, por el que reintegró al recurrente en la titularidad del cargo de Director del Departamento de Salud Municipal, a contar de esa data. Efectuadas las precisiones anteriores y en relación...

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