Dictamen nº 15657 de Contraloría General de la República, de 16 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366350890

Dictamen nº 15657 de Contraloría General de la República, de 16 de Marzo de 2012

N° 15.657 Fecha: 16-III-2012

Se ha dirigido a esta Contraloría General la ex funcionaria de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional doña Orfilia Orellana Saavedra, confiriendo patrocinio al abogado don José Miguel Serrano Silva, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de la destitución aplicada en su contra, al término de un sumario administrativo.

Fundamenta su presentación en el hecho de que durante gran parte del procedimiento sumarial se encontraba haciendo uso de licencia médica, lo que le habría impedido defenderse debidamente, añadiendo que sería irregular que el fiscal instructor la llamara a declarar en esas condiciones y que no existió a su respecto un adecuado emplazamiento, circunstancias que habrían configurado una infracción al debido proceso, por lo que estima que el sumario debería dejarse sin efecto.

Al respecto, cabe recordar que mediante la resolución N° 174, de 2011, del citado servicio, se aplicó la aludida medida expulsiva a la recurrente, siendo menester hacer presente que en el examen de rigor que realizó este Ente de Control al referido sumario administrativo, se constató que no existían transgresiones al principio del debido proceso, ni ninguna otra irregularidad o arbitrariedad que afectara su validez, por lo que se procedió a tomar razón del respectivo documento sancionatorio, con fecha 27 de abril de 2011.

En armonía con lo expuesto, la citada entidad previsional señaló, a requerimiento de este Organismo Fiscalizador, que durante el transcurso del sumario administrativo se respetaron todas las garantías procesales de la afectada, precisando que ésta se presentó voluntariamente a declarar y que, habiendo sido emplazada de los cargos y de la medida disciplinaria determinada a su respecto, formuló sus defensas e interpuso un recurso de reposición en contra de la referida sanción, diligencias estas últimas en las que actuó asistida por un abogado, para, finalmente, interponer el recurso extraordinario de revisión del artículo 60 de la ley N° 19.880, alegando la falta del debido emplazamiento, el que fue rechazado, pues se acreditó que en cada etapa del proceso fue válidamente notificada.

Sobre el particular, en relación con las alegaciones hechas valer, es dable informar, en armonía con el criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N os 19.892, de 2009, 39.621, de 2008, 53.910, de 2007 y 5.843, de 2003, que no existe impedimento legal para que un funcionario que se encuentra con licencia...

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