Dictamen nº 15209 de Contraloría General de la República, de 15 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366347734

Dictamen nº 15209 de Contraloría General de la República, de 15 de Marzo de 2012

N° 15.209 Fecha: 15-III-2012

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 429, de 2011, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que afina el sumario administrativo ordenado instruir mediante la resolución exenta N° 35, de 2010, de ese mismo origen, y que aplica la medida disciplinaria de destitución al señor Nicolás Larach Rueda, por cuanto no se ajusta a derecho.

En efecto, según consta a fojas 276 y 277 del proceso, al afectado se le formularon cargos, en síntesis, por el desempeño deficiente que habría tenido en su calidad de inspector de operaciones aéreas, ya que al efectuar un examen de pericia de vuelo al piloto comercial David Anziani Costela, el inculpado efectuó maniobras inseguras, destacando entre ellas el haber tomado el control de la aeronave CC-CJL, sin previo aviso a este último, y haber aterrizado en la calle de rodaje del Aeródromo de Temuco sin comunicarle a la torre de control, conductas que la autoridad estima que habrían contravenido gravemente el principio de la probidad administrativa.

Expresado lo anterior, cumple con recordar que esta Entidad de Control, en virtud de las atribuciones constitucionales y legales de que ha sido dotada, debe velar porque los procedimientos sumariales se ajusten estrictamente a los principios de juridicidad y del debido proceso, establecidos en los artículos , y 19, N° 3, de la Constitución Política, fiscalizando que se substancien conforme a derecho, emitiendo decisiones justas, exentas de discriminaciones arbitrarias, aplicando sanciones que se correspondan con la gravedad de los hechos y la participación de los servidores en ellos, resguardando, de este modo, el principio de proporcionalidad contemplado en el inciso segundo del artículo 121 de la ley N° 18.834.

Ahora bien, cabe señalar que, sin perjuicio de lo que se indicará más adelante, efectuado un examen del sumario administrativo de que se trata, puede advertirse que las acciones en que incurrió el señor Larach Rueda, particularmente el haber tomado el mando de la aeronave sin informarle al señor Anziani y no declarar la emergencia a la torre de control, efectivamente constituyeron contravenciones a sus deberes funcionarios, denotando negligencia e ineficiencia en el desempeño del cargo, por lo que resulta procedente atribuirle responsabilidad administrativa.

Sin embargo, esta Entidad Fiscalizadora estima que la medida expulsiva que se le aplica aparece como excesiva en relación con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR