Dictamen nº 18558 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366345506

Dictamen nº 18558 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 2012

N° 18.558 Fecha: 30-III-2012

Se ha remitido a esta Contraloría General, para su examen de legalidad, la resolución N° 88, de 2011, de la Brigada de Homicidios Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile, que aplica la medida disciplinaria de cuatro días de permanencia en el cuartel, a doña Mirsa Saavedra Catalán.

Por su parte, la precitada servidora se ha dirigido a este Ente Fiscalizador para impugnar la sanción en comento, toda vez que, a su juicio, el proceso sumarial que le sirve de fundamento, adolecería de vicios que inciden en su validez.

Requerido de informe, el Jefe Jurídico de la aludida institución manifestó, en síntesis, que no se advierten vicios de procedimiento en la tramitación de la investigación sumaria de que se trata, haciendo presente que la interesada hizo valer todas las instancias legales de defensa que la normativa le confiere. Agrega que si la antedicha entidad toma conocimiento de hechos que pudieran comprometer la responsabilidad administrativa de alguno de sus miembros, la respectiva superioridad no puede excusarse de investigar.

Como cuestión previa, cabe indicar que la mencionada investigación se ordenó instruir con el objeto de determinar la veracidad de los hechos en que se encontraría involucrada la señora Saavedra Catalán, relativos al uso indebido de su clave de acceso al sistema informático GEPOL de esa entidad, para entregar información a su hermana.

Sobre el particular, la recurrente aduce que el citado proceso disciplinario se ordenó por la autoridad basándose en antecedentes de los que tomó conocimiento en el contexto de la investigación de una causa penal, lo que vulneraría la garantía constitucional del debido proceso y lo dispuesto en el artículo 182 del Código Procesal Penal, por cuanto tales datos tienen el carácter de secretos y no consta que el Fiscal del Ministerio Público haya dado autorización para su utilización.

Al respecto, de la documentación tenida a la vista, especialmente la minuta N° 113, de 2011, de la Policía de Investigaciones de Chile, se advierte que esa autoridad, en el marco de la orden de investigar dictada por la Fiscalía Local de Arica, en la causa RUC 1010005236-4, tomó conocimiento de un correo electrónico que la requirente le envió a su hermana, querellante en dicho libelo, en el cual hace referencia a la deficiente actuación de esa entidad policial en los hechos que dieron origen al aludido proceso penal, y a la circunstancia de haber ingresado al sistema...

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