Dictamen nº 13678 de Contraloría General de la República, de 8 de Marzo de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366345126

Dictamen nº 13678 de Contraloría General de la República, de 8 de Marzo de 2012

N° 13.678 Fecha: 08-III-2012

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Isabel Tapia Caris, don Yuri Gahona Muñoz y don Jorge Vidal Sánchez, miembros de la Asociación de Funcionarios del Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS, para requerir un pronunciamiento respecto de una serie de irregularidades que habrían ocurrido en ese servicio, relacionadas con el establecimiento de su estructura orgánica y con la designación de sus directores regionales, así como también en materia de concursos públicos, remuneraciones y otros beneficios correspondientes a los nuevos nombramientos efectuados y, finalmente, con respecto a la existencia de publicidad en el sitio web institucional.

Además, solicitan que esta Entidad Fiscalizadora realice un sumario administrativo para determinar las eventuales responsabilidades que de esas circunstancias se deriven.

Por su parte, el señor Gahona Muñoz pide que se aclare por qué no se le ha notificado el dictamen de esta Entidad Fiscalizadora, mediante el cual él entiende se dio respuesta a su presentación individualizada como la referencia N° 208.440, de 2011.

Requerida de informe, la precitada repartición pública señaló, en síntesis, que la resolución exenta N° 4.888, de 2010, de su dirección nacional, mediante la cual se estableció la estructura interna del servicio, se ajusta al ordenamiento jurídico vigente, al igual que las designaciones de directores regionales, agregando, en lo que respecta a los concursos, que no es efectivo lo afirmado por los requirentes, toda vez que la diferencia en la remuneración indicada en el caso de uno de ellos y aquella que efectivamente se le enteró al seleccionado, se debió al reajuste de la ley N° 20.486. Asimismo, descarta el hecho que se haya convocado a postular a tales concursos por medio de facebook.

Agrega el organismo que tampoco es efectivo que los funcionarios traspasados desde el antiguo Fondo Nacional de la Discapacidad perciban remuneraciones inferiores a aquellos incorporados desde el 10 de febrero de 2010. Finalmente y en lo que atañe a la supuesta propaganda de una universidad que habría hecho esa entidad pública en su sitio web institucional, aclara que no se trata de una actividad publicitaria como lo esgrimen los requirentes, sino que de la difusión de una actividad académica patrocinada por el servicio.

Como cuestión previa, cumple precisar que es a través del presente oficio que se da respuesta a la referencia N° 208.440, de 2011, correspondiente a la consulta efectuada por las personas ya individualizadas, de modo que es dable entender que la falta de notificación que el señor Gahona...

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