Dictamen nº 70004 de Contraloría General de la República, de 8 de Noviembre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338101186

Dictamen nº 70004 de Contraloría General de la República, de 8 de Noviembre de 2011

N° 70.004 Fecha: 08-XI-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Osciel de la Cruz Rojas Durán, ex trabajador de la Sociedad Química y Minera de Chile, para solicitar un pronunciamiento que le señale las razones por las que esta Entidad de Control devolvió sin tramitar la resolución N° 8.082, de 2009, del entonces Ministerio de Interior, que le otorgaba una jubilación no contributiva, por gracia.

Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social manifestó, en lo que interesa, que el expediente del recurrente fue remitido al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, considerando que este Organismo Fiscalizador efectuó reparos al referido acto administrativo.

Por su parte, el Jefe de la Oficina de Exonerados Políticos de la referida Secretaría de Estado señaló que la aludida resolución, que declaraba exonerado político al peticionario y le concedía un beneficio previsional en dicha calidad fue devuelta sin tramitar por esta Institución Contralora, toda vez que de los documentos acompañados aparecía que la desvinculación laboral del solicitante ocurrió en el año 1972.

En este punto, cabe manifestar que el inciso primero del artículo de la ley N° 19.234, de Exonerados Políticos, dispone, en síntesis, que los ex funcionarios que señala, que hayan sido exonerados por motivos políticos, durante el lapso comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, tendrán derecho a requerir del Presidente de la República, por intermedio del actual Ministerio del Interior y Seguridad Pública, los abonos de años de afiliación y las pensiones no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR