Dictamen nº 65268 de Contraloría General de la República, de 17 de Octubre de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338099274

Dictamen nº 65268 de Contraloría General de la República, de 17 de Octubre de 2011

N°65.268 Fecha: 17-X-2011

Se ha dirigido a esta Sede Central el alcalde de la Municipalidad de Padre Las Casas, solicitando, por las razones que indica, se reconsidere el oficio N° 5.077, de 2010, de la Contraloría Regional de La Araucanía, que determinó que el concurso público efectuado por ese municipio para proveer cargos vacantes de la dotación de atención primaria de salud municipal, debía retrotraerse a la etapa de su convocatoria.

En efecto, en el citado pronunciamiento, relacionado con los decretos N°s. 850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859, 860, 861, 862, 863, 864 y 865, todos de 2009, de la mencionada entidad edilicia, se formularon observaciones a los nombramientos aprobados al término de ese certamen, dada la improcedencia de establecer en las bases, como condición de admisibilidad al mismo, exigencias que la pertinente regulación jurídica no establece como requisitos habilitantes para acceder a un empleo municipal; la ausencia en tal documento, de un puntaje mínimo para ser considerado postulante idóneo; omitir la comunicación a las demás municipalidades de la región acerca de la existencia de los cargos vacantes, y haber declarado desiertas diversas plazas concursadas.

Sobre el particular, cabe hacer presente, en primer lugar, que en virtud de la libertad para fijar las bases de un certamen público, es posible que la autoridad administrativa solicite dentro de la documentación de postulación, copia autorizada ante notario del título profesional o del certificado del mismo -lo que no se encuentra contemplado en la legislación pertinente como requisito de ingreso a la administración municipal-, en la medida, por cierto, que la omisión de dicha documentación por el postulante, no signifique marginarlo del proceso, por cuanto ello implicaría imponer por la vía administrativa nuevos requisitos para ingresar a un cargo en la Administración, lo que contravendría el principio de juridicidad.

A continuación, en lo que se refiere al certificado de antecedentes solicitado en las bases, cabe destacar que esta Entidad Fiscalizadora en el dictamen N° 36.210, de 1996, ha precisado que ese requisito debe ser acreditado una vez que los participantes que han sido elegidos, mediante petición directa de la autoridad administrativa al Servicio de Registro Civil e Identificación, de modo que no corresponde requerirlo en una etapa previa del certamen, sin perjuicio que dicha petición sirva a la autoridad administrativa sólo como un antecedente informativo y no, como se indicara precedentemente, como una exigencia de selección de los candidatos, caso en el cual ello no constituye un vicio que afecta el proceso concursal.

Pues bien, atendidas las consideraciones expuestas, y lo...

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