Dictamen nº 40187 de Contraloría General de la República, de 28 de Junio de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 285904335

Dictamen nº 40187 de Contraloría General de la República, de 28 de Junio de 2011

N° 40.187 Fecha: 28-VI-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General, la Asociación de Funcionarios Municipales de Conchalí, solicitando que se reitere a la Municipalidad de Conchalí que dé cumplimiento al dictamen N° 68.848, de 2009, de este Organismo de Control, con el objeto de que se pague, reajustada, la diferencia de porcentaje aplicada al incentivo de desempeño colectivo contemplado en la ley N° 19.803, que establece asignación de mejoramiento de la gestión municipal, que debía ser de un 4% y no de un 3.3% durante el año 2008, en atención al 100% de cumplimiento de las respectivas metas.

Requerido un informe a dicha entidad edilicia, ésta informó por oficio N° 1300/47/2011, de 2011, que procede el pago de remuneraciones por concepto de la diferencia de porcentaje, aplicado al cálculo del mencionado incentivo de desempeño colectivo, correspondiente al año 2008, debidamente reajustado.

Sobre la materia cabe tener presente que el citado dictamen N° 68.848, de 2009, que complementó el dictamen N° 29.206, del mismo año, señaló en lo que interesa, que acorde con el inciso primero del artículo de la citada ley N° 19.803, dicho estipendio considera los siguientes componentes: a) un incentivo por gestión institucional, vinculado al cumplimiento eficiente y eficaz de un programa anual de mejoramiento de la gestión municipal, y b) un incentivo de desempeño colectivo por área de trabajo, vinculado al cumplimiento de metas por dirección, departamento o unidad municipal, o bien, un incentivo de desempeño individual en caso de no existir acuerdo entre el alcalde y la asociación de funcionarios, según se establece en el artículo 9° de dicho cuerpo legal.

Por su parte, el citado artículo 9° del mismo texto normativo dispone que el incentivo por desempeño colectivo corresponderá a un 4% o un 2% de las remuneraciones que componen la base de cálculo de esta asignación, según si la dirección, departamento o unidad alcanza, respectivamente, un grado de cumplimiento igual al 90% o al 75% de las metas anuales comprometidas en el Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal. Los mismos límites señalados deben emplearse en el caso del incentivo por desempeño individual, cuando no exista acuerdo entre el alcalde y la asociación de funcionarios sobre la aplicación del incentivo de...

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