Dictamen nº 29201 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 276549959

Dictamen nº 29201 de Contraloría General de la República, de 10 de Mayo de 2011

N° 29.201 Fecha: 10-V-2011

La Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido una presentación de don Luis Fernando Duque Poblete, ex funcionario de la Universidad de Los Lagos, quien requiere el reconocimiento del tiempo en que sirvió en la Universidad de Chile, para efectos de incorporarlos en el cálculo de la jubilación, por vejez, que percibe en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Pide, asimismo el otorgamiento de la bonificación a que se refiere el artículo 11 de la ley N° 18.675 y el reconocimiento del derecho a obtener el desahucio previsto en el D.F.L. N° 338, de 1960.

Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social, adjuntando el respectivo expediente jubilatorio, manifiesta, en síntesis, que no es posible considerar en la determinación del beneficio en comento el periodo que media entre el 18 de octubre de 1971 y el 17 de octubre de 1973, en que el peticionario se desempeñó en la Universidad de Chile, por cuanto durante dicho lapso se encontraba disfrutando de un permiso sin goce de remuneraciones.

Indica, asimismo, que el interesado no pudo acceder a la bonificación de la ley N° 18.675, toda vez que no cumplió con el requisito de no haberse afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones, agregando, que en lo relativo al aludido desahucio, la Tesorería General de la República podrá pagárselo, en la medida que registre los correspondientes aportes, y que esta Entidad de Control acceda a ello.

Sobre el particular, es dable anotar que de acuerdo con lo dispuesto por las leyes N° s. 18.225 y 18.646, el día 30 de abril de 2004, el recurrente fue desafiliado del sistema de pensiones del D.L. N° 3.500, de 1980, reincorporándose a la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.

Enseguida, por medio de la resolución N° AP-2067, de 2010, del Instituto de Previsión Social, se le concedió una pensión de jubilación, por la causal de vejez, en el régimen de la citada Caja, por la suma inicial de $ 686.088.- al mes, a contar del 1 de marzo de 2010, la que fue determinada en consideración a la calidad de Académico Profesor Titular B, grado 6 de la Escala Universitaria de Sueldos, más un 5% de asignación de antigüedad, que el aludido docente desempeñaba en la Universidad de Los Lagos al momento de su cese de servicios y sobre la base de los 17/30 avos del promedio de sus 36 últimas remuneraciones, informadas por el Jefe de la Sección de Recursos Humanos de la referida entidad educacional.

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