Dictamen nº 22094 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 272343555

Dictamen nº 22094 de Contraloría General de la República, de 12 de Abril de 2011

N° 22.094 Fecha: 12-IV-2011

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), solicitando la complementación del dictamen N° 53.617, de 2010, en orden a precisar que procede efectuar los descuentos por planilla, de las cuotas de créditos adeudados por el personal activo, pensionados y montepiadas de la Fuerza Aérea de Chile y CAPREDENA, en favor de las cooperativas de ahorro y crédito, sólo por aquellas deudas contraídas con anterioridad al 1° de enero de 2008, fecha a partir de la cual esa Caja de Previsión determinó, mediante el Acuerdo de Consejo N° 46, de 2007, que no se admitirían nuevos descuentos respecto de las mismas, lo que puso en conocimiento de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CAPUAL, de modo que, a su juicio, desde entonces ésta habría dejado de estar de buena fe respecto de las contrataciones celebradas posteriormente.

Sobre el particular, en primer término, cabe recordar que el aludido pronunciamiento complementó el dictamen N° 14.926, de 2010, de esta Contraloría General, en el sentido que, si bien la Fuerza Aérea de Chile y CAPREDENA no estaban facultadas para realizar esas deducciones por compromisos adquiridos con las cooperativas de ahorro y crédito, procedía que esas instituciones las siguieran efectuando hasta la extinción de los créditos que se encontraban vigentes con anterioridad a la emisión de dicho pronunciamiento.

Precisado lo anterior, cabe hacer presente que conforme a la reiterada jurisprudencia de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 56.528, de 2007, los informes jurídicos emitidos por esta Entidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR