Dictamen nº 19545 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 268636786

Dictamen nº 19545 de Contraloría General de la República, de 30 de Marzo de 2011

N° 19.545 Fecha: 30-III-2011

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 320, de 2010, del Servicio de Salud Metropolitano Sur, que dispone el sobreseimiento del sumario administrativo ordenado instruir mediante resolución exenta N° 1.706, de 2010, de la citada repartición.

Como cuestión previa, corresponde señalar que el respectivo procedimiento disciplinario fue incoado con el objeto de investigar las eventuales responsabilidades administrativas derivadas de la falta de control y del cumplimiento de los convenios suscritos entre ese Servicio de Salud con la Sociedad Biomérieux S.A., el Centro de Formación Técnica ENAC y la Sociedad Wolf y Nortland Ltda., de acuerdo con las observaciones contenidas en el Informe Final N° 271, de 2009, de esta Contraloría General, sobre Auditoría a los Ingresos de Operación en el Hospital de Enfermedades Infecciosas Dr. Lucio Córdova, lo que habría significado que dicho establecimiento hospitalario dejara de percibir los ingresos correspondientes.

Al respecto, es menester hacer presente que de acuerdo al criterio contenido en dictamen N° 47.181, de 2002, de este origen, si bien el legislador ha radicado la potestad disciplinaria en la Administración activa, confiriéndole a la autoridad la facultad de determinar la absolución o la aplicación de alguna medida disciplinaria respecto del personal de su dependencia, conforme a lo preceptuado, entre otros, en el artículo 140 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, el ejercicio de tal atribución debe ser efectuado con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico.

Así, en el examen preventivo de legalidad, a este Organismo de Control le corresponde analizar si el acto a través del cual la superioridad absuelve o impone una sanción diversa a la propuesta se encuentra fundado, entendiendo que, conforme al criterio precisado en los dictámenes N os 49.428 y 62.125, ambos este origen, de 2009, entre otros, lo estará si las razones que lo motivan, las que deben explicitarse en el documento respectivo, son de carácter objetivo, atingentes a la situación investigada, de acuerdo al mérito del proceso y, en fin, ajustadas a la legalidad.

Pues bien, en la situación que se analiza, cumple con precisar que del examen del expediente sumaria) aparece que los fundamentos expuestos en la...

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