Dictamen nº 95521 de Contraloría General de la República, de 2 de Diciembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 589121182

Dictamen nº 95521 de Contraloría General de la República, de 2 de Diciembre de 2015

N° 95.521\tFecha: 02-XII-2015

Mediante el dictamen N° 2.427, de 2015, y con motivo de una presentación de don Cristhian López Escalante en la que reclamaba en contra del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU) por su negativa a restituir la boleta bancaria de garantía que caucionaba el buen comportamiento y la buena ejecución de las obras desarrolladas en virtud del contrato “Pavimentación Población Roberto Parra Etapa III” -adjudicado a Sociedad Constructora Trabún Limitada-, esta Contraloría General concluyó que lo obrado por esa repartición pública, en orden a hacer efectiva dicha caución, se ajustó a la normativa aplicable en la especie, por cuanto a esa data no habían sido subsanadas las observaciones técnicas formuladas.

Agrega ese pronunciamiento, que no obstante lo anterior, y habida cuenta de que el producto de su realización no fue destinado a la reparación de las obras -ya que tal actividad fue efectuada por la empresa contratista- ese servicio debía adoptar las medidas tendientes a liquidar el contrato y a determinar la procedencia de restituir los eventuales saldos que obraran a favor de la ocurrente, informando a esta Sede de Control dentro del plazo de 15 días contado desde la recepción de ese oficio.

Cabe anotar, en seguida, que a través del dictamen N° 56.458, del año en curso, y atendiendo una presentación del mismo recurrente en la que denunciaba que el SERVIU no había dado cumplimiento a lo ordenado, este Órgano Fiscalizador, considerando lo expresado por esa entidad en sus oficios N°s. 1.543 y 5.276, ambos de 2015, manifestó, en lo esencial, que ese servicio sí había observado lo dispuesto en el precitado dictamen al informar en su oportunidad y proceder a la liquidación...

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