Dictamen nº 84516 de Contraloría General de la República, de 26 de Octubre de 2015
N° 84.516 Fecha: 26-X-2015
Se ha dirigido a esta Contraloría General don Héctor Sandoval Silva, exonerado político del Asentamiento El Vencedor, para solicitar que se revise el cálculo de su pensión no contributiva. Asimismo, pide el pago del bono de reconocimiento que, a su juicio, sería compatible con el beneficio que percibe, en virtud de la normativa que indica.
Requerido de informe, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente respectivo, manifestó, en síntesis, que el plazo para revisar la prestación del recurrente se encuentra vencido.
Sobre el particular, cabe señalar que mediante la resolución N° 3.464, de 4 de mayo de 2010, del entonces Ministerio del Interior, tomada razón por esta Entidad Fiscalizadora el 30 de agosto de 2010, se declaró la calidad de exonerado político del solicitante y se le concedió una pensión no contributiva a contar del 1 de octubre de 2003, por un monto mensual de $ 104.640.
Precisado lo anterior, es necesario consignar que los incisos tercero y cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, disponen, en lo pertinente, que los beneficios que indica, son revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación, dentro del plazo de tres años contado desde su otorgamiento o del respectivo reajuste.
Siendo ello así, y dado que entre la concesión del beneficio no contributivo que se...
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