Dictamen nº 78040 de Contraloría General de la República, de 1 de Octubre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 584059350

Dictamen nº 78040 de Contraloría General de la República, de 1 de Octubre de 2015

N° 78.040 Fecha: 01-X-2015

La Dirección del Trabajo se ha dirigido a esta Contraloría General consultando la forma en que deben solventarse los gastos comunes y la mantención de la red de emergencia del inmueble ubicado en calle Agustinas N°s. 1253 y 1269, de la comuna de Santiago. Ello, atendido que los pisos 1° a 3° son de dominio fiscal y están desocupados, mientras que esa entidad utiliza el piso 4° en virtud de una destinación y los pisos 5° a 10° en calidad de propietaria.

En su opinión tales expensas deben ser de cargo de todos los copropietarios, toda vez que esa repartición no tiene facultades para asumir obligaciones de terceros y en ese entendido, solicita que el Ministerio de Bienes Nacionales reembolse las sumas correspondientes a las reparaciones que ya ha realizado en dichas instalaciones.

Consultado al efecto, la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo manifiesta que la reparación de los bienes de domino común debe ser costeada de acuerdo a lo dispuesto en la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria. En tanto que, a juicio del Ministerio de Bienes Nacionales esa normativa no resultaría aplicable a los inmuebles fiscales en los que existe una destinación vigente y que no cuenta con recursos presupuestarios para asumir los gastos indicados.

Como cuestión previa, se advierte que el Fisco de Chile es propietario del subterráneo y los cuatro primeros pisos del edificio ubicado en calle Agustinas N°s. 1253 al 1275, y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en los bienes comunes, según da cuenta la inscripción de fojas 4.026, N° 6.076, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014.

Además, aparece que el piso 4° del inmueble fiscal de calle Agustinas N° 1269, fue destinado al Ministerio del Trabajo y Previsión Social-Subsecretaría del Trabajo, con el objeto que la Dirección del Trabajo lo emplee para el funcionamiento de los departamentos que indica, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución exenta N° 451, de 2014, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana (SEREMI), modificada por su resolución exenta N° 764, del mismo año.

En ese acto administrativo se dejó constancia que todos los costos que provengan de reparaciones, conservación, ejecución de obras y pagos de gastos comunes a que esté afecto el inmueble destinado, serán de cargo exclusivo de la entidad destinataria.

Luego, consta que la Dirección del...

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