Dictamen nº 74911 de Contraloría General de la República, de 30 de Septiembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548960982

Dictamen nº 74911 de Contraloría General de la República, de 30 de Septiembre de 2014

N° 74.911 Fecha: 30-IX-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Verónica Martin, solicitando se declare la ilegalidad del oficio Ord. C9 N° 64, de 14 de enero de 2013, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, mediante el cual se imparten instrucciones a los servicios de salud referentes a los contratos que emanan del convenio marco ID N° 2239-10023-LP08, sobre “Software de Salud y Servicios Asociados”. Señala la recurrente que el referido documento fue emitido con posterioridad al 24 de diciembre de 2012, data de expiración de dicho convenio marco, y buscó extender su vigencia más allá de su fecha de término, lo que constituye una infracción a las bases administrativas y a los principios que inspiran la contratación pública.

Requerido su informe, la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante DCCP, indica que el convenio marco mencionado fue adjudicado con fecha 24 de diciembre de 2008, contemplando una vigencia de 12 meses, con posibilidad de renovación por el mismo periodo hasta por tres oportunidades, lo que efectivamente aconteció, expirando definitivamente el 24 de diciembre de 2012, siendo desactivado y bajado del catálogo electrónico de convenio marco “ChileCompra Express” ese mismo día.

A su vez, la Subsecretaría de Redes Asistenciales manifiesta que emitió el aludido oficio Ord. C9 N° 64 en uso de sus atribuciones legales, con la finalidad de impartir instrucciones respecto de los contratos que suscribió independientemente -y de acuerdo a sus necesidades- cada servicio de salud con los adjudicados del citado convenio marco, ajustándose al mecanismo previsto en las bases administrativas. Añade que los referidos acuerdos de voluntades tenían una vigencia de cuatro años, con opción de ser renovados por 48 meses más, y comenzaron a regir en distintas fechas, razón por la cual hay muchos que continúan ejecutándose.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 14 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda dispone, en lo que interesa, que la DCCP efectuará periódicamente procesos de compra para suscribir convenios marco, que pueden ser solicitados por las entidades licitantes a ese organismo, sea encargándole la gestión de coordinar un proceso conjunto de contratación o requiriéndole la obtención de condiciones específicas de contratación para bienes o servicios determinados.

Su inciso cuarto establece que “Los Convenios Marco vigentes se traducirán en un Catálogo, que contendrá una...

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