Dictamen nº 73028 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548988102

Dictamen nº 73028 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 2014

N° 73.028 Fecha: 23-IX-2014

La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido a esta Sede Central una presentación del señor Juan Bautista Leiva González, quien reclama por la tardanza de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, en responder su consulta acerca del destino de las cotizaciones que integró en esa institución, entre el 16 de mayo de 1965 y el 1 de abril de 1968.

Requerido de informe, el citado organismo previsional manifestó, en síntesis, que el recurrente tendría derecho a traspasar las erogaciones que indica al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, mediante un bono de reconocimiento, en la medida que se encuentre en la hipótesis descrita por el dictamen N° 77.601, de 2012, de este origen.

Sobre el particular, cabe manifestar en primer término, que el régimen que administra la aludida dirección de previsión es de reparto, por lo que los aportes que los afiliados realizan están destinados a la formación de un fondo común que financie las correspondientes prestaciones, sin que exista, por lo tanto titularidad individual sobre dichas sumas.

No obstante lo anterior, es del caso expresar que el artículo 4° de la ley N° 18.458, prescribe, en lo que interesa, que los imponentes de la mencionada dirección que se retiren sin derecho a pensión, y que se incorporen o se hayan incorporado al sistema regulado en el decreto ley N° 3.500, de 1980, tendrán derecho a un bono de reconocimiento, siempre que registren a lo menos doce cotizaciones mensuales en los cinco años anteriores a su cese, y la adscripción a este último sea posterior a la fecha en que se produjo la desafectación del régimen institucional, tal como indica la jurisprudencia de este Órgano Contralor contenida en los...

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