Dictamen nº 66308 de Contraloría General de la República, de 19 de Agosto de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 581159782

Dictamen nº 66308 de Contraloría General de la República, de 19 de Agosto de 2015

N° 66.308 Fecha: 19-VIII-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Luis Bahamondes Lira, funcionario del Complejo Hospitalario San José, reclamando en contra de la decisión de ese organismo de no considerar los cursos de capacitación que habría realizado en enero de 2015, para efectos de la aprobación del procedimiento de acreditación destinado a la obtención de un incremento en el componente individual de la asignación regulada en el artículo 86 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Requerido de informe, ese centro asistencial manifestó que, de un nuevo estudio de la materia, entiende que resulta aplicable en la especie el criterio contenido en el dictamen N° 36.762, de 2006, de este origen, por lo que correspondería ponderar los anotados cursos dentro del mencionado proceso.

Al respecto, cabe recordar que el aludido precepto concede el señalado estipendio al personal de los servicios de salud que indica, que contiene, en lo que interesa, un componente por acreditación individual, agregando el artículo 88 de ese texto legal que para acceder u optar a un incremento de este último, los servidores deben participar y aprobar un proceso de acreditación cada tres años, consistente en la evaluación de las actividades de capacitación desarrolladas y que sean pertinentes al mejoramiento de la gestión de los organismos y de la atención proporcionada a los usuarios.

Luego, es útil destacar que mediante el citado dictamen N° 36.762, de 2006, esta Entidad de Control señaló que quienes se vean impedidos de completar el número mínimo de horas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR