Dictamen nº 61296 de Contraloría General de la República, de 31 de Julio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 580700690

Dictamen nº 61296 de Contraloría General de la República, de 31 de Julio de 2015

N° 61.296 Fecha:31-VII-2015

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que aprueba las bases administrativas para la licitación de la consultoría de diseño “Restauración Templo Votivo de Maipú”, en atención a las siguientes observaciones:

1.- Se omite señalar los requisitos de experiencia que deben reunir los oferentes para poder participar, máxime si -en virtud del artículo 2 del Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultoría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas- se considera la posibilidad de contratar con personas naturales o jurídicas no inscritas en el Registro de Consultores del Ministerio de Obras Públicas.

2.- No corresponde hacer de cargo del consultor el pago de los derechos municipales para la obtención de la aprobación del anteproyecto en la Dirección de Obras que se señala en el punto 2 de las bases (aplica criterio contenido en el oficio N° 78.602, de 2011, de este origen).

3.- La información que se debe entregar respecto del punto 9.1 “Oferta Técnica”, subtítulo “A. Experiencia General y Antecedentes del Consultor” en relación a los formularios Nos 1, 2 y 3, no se condice con la señalada en los formatos de los respectivos formularios. Se reitera la observación en relación al subtítulo “C. Equipo Propuesto. Calidad de Equipo Profesional”, en lo que respecta al formulario N° 5.

4.- En la letra F, acápite “Otros” del referido punto 9.1, no se precisa el alcance de la expresión “irregularidades”, en lo que concierne al certificado o informe de antecedentes comerciales allí mencionado. A lo anterior, cabe añadir, que resulta impropio referirse a “multas ejecutorias”, respecto al certificado de antecedentes laborales.

5.- En atención a su materia, el formulario que corresponde citar, en el primer párrafo de la letra B, punto 9.2, es el formulario N° 6.

6.- En el punto 14 existe discordancia en relación a la vigencia exigida para la garantía de fiel cumplimiento, por cuanto se indica una...

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